Sigue vigente la prohibición de reuniones sociales en Bariloche

El Ministerio de Salud de Río Negro difundió la Resolución que mantiene el esquema de restricciones en esta ciudad y Dina Huapi hasta el 8 de diciembre.

El Ministerio de Salud de Río Negro dictó la resolución que mantiene el esquema de restricciones en Bariloche y Dina Huapi hasta el 8 de diciembre.

En el comunicado oficial, que se difundió esta tarde de martes, se consignó que por resolución del Ministerio de Salud “hasta el 8 de diciembre inclusive se mantendrá el esquema de restricciones y excepciones en las zonas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)”.

Las medidas incluyen a las ciudades y comisiones de fomento de los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina, Bariloche y Dina Huapi. En el caso de Bariloche y Dina Huapi se dispuso que las personas podrán circular, por cualquier medio habilitado, desde las 6 hasta las 24.

La resolución aclara que quedan exceptuados de la restricción el personal “considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad”.

Ratifica “la prohibición de realización de eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”.

“La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación”, informa la resolución.

Además, establece que los comercios esenciales y no esenciales podrán funcionar hasta las 21. Prevé que los restoranes, bares, confiterías y locales similares podrán abrir de lunes a domingo hasta las 23.

“Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19”, aclara la resolución. Indica que el servicio de reparto a domicilio será hasta las 23.

La actividad deportiva al aire libre de forma individual se podrá hacer desde las 7 hasta las 20, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

La resolución establece que las trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico podrán desempeñar sus tareas.

Se mantiene la apertura de iglesias y templos para las celebraciones de cultos, con una ocupación máxima del 25 por ciento y un límite de 30 personas en lugares cerrados y un máximo de 30 personas en lugares al aire libre. Las reuniones religiosas no deberán superar los 45 minutos, se mantendrá el distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.

Respecto a las disposiciones comunes, la resolución prevé que las personas afectadas a las actividades exceptuadas deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

“En todos los casos los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras”, destaca la resolución.


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