Iba a trabajar en bicicleta y se cayó en una rotonda: deberán indemnizarlo en Viedma

La Justicia dijo que había una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 3,20 por ciento.

Un hombre que desempeñaba labores como sereno en los talleres de una empresa de colectivos de Viedma, se dirigía en bicicleta hacia su lugar de trabajo, cuando sufrió una caída en la rotonda del cementerio, dejándolo con una lesión grave en su hombro izquierdo.

Tras el doloroso golpe, tuvo que volver a su casa, donde su hermana lo trasladó al hospital Zatti para recibir tratamiento. Allí, los médicos confirmaron que había sufrido una fractura de clavícula, lo que resultó en un vendaje y una serie de radiografías.

El empleado notificó a su empleador sobre el accidente, quien a su vez informó a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART). La ART asumió los costos del tratamiento, incluyendo radiografías adicionales, medicación y sesiones de kinesiología, hasta que determinaron que estaba en condiciones de recibir el alta médica.

El hombre inició el procedimiento administrativo ante la Comisión Médica N° 18 por «divergencia en la determinación de incapacidad». Pero el órgano reafirmó que no presentaba secuelas incapacitantes como consecuencia del accidente.

Ya en la demanda judicial, cuestionó la conclusión y aseguró que padece una incapacidad permanente como consecuencia de «la consolidación viciosa de la fractura de clavícula, que le causa una grave limitación funcional en el hombro izquierdo, con profundos dolores y pérdida de la fuerza».

En el expediente judicial actuó una perita médica que hizo rigurosos controles: en las conclusiones manifestó que «en la evaluación realizada al actor se verificaron limitaciones en los movimientos del hombro izquierdo que se podrían corresponder con la patología padecida». Finalmente, dijo que había una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 3,20 por ciento.

Si bien el informe fue impugnado por el trabajador, la experta respondió las explicaciones que le fueron requeridas y ratificó sus conclusiones. El juez laboral expresó: «no encuentro motivos para apartarme de sus conclusiones, por lo que habré de conferirle plena eficacia probatoria».

Además, tuvo en cuenta que la aseguradora no se presentó. Tras probar la incapacidad, la Cámara condenó a Swiss Medical ART a abonar la indemnización correspondiente.


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