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La reforma laboral de Río Negro y otro plan para bajar los plazos de las causas judiciales

Los juicios laborales siguen con demoras. Con una aprobación inicial, la Legislatura sancionará una reforma con tiempos más acotados y otros mecanismos.

Simplificar trámites y acelerar procesos judiciales conforman objetivos de la reforma de la ley de procedimiento laboral de Río Negro, que tuvo su aprobación en diciembre y se estima su segunda vuelta en la Legislatura en el inicio del 2023.

Los plazos de las resoluciones del Poder Judicial de los conflictos laborales siguen siendo extensos, a pesar de que varían entre las circunscripciones.

 En general, el tiempo de sentencia en juicio va de año y medio a dos años, pero llega a los tres y, también, a los cuatro en los tribunales roquenses.

En realidad, la modificación de la ley de Procedimiento Laboral N°1504 es estructural y se explica en una norma de cuatro décadas de existencia, con una veintena de cambios parciales registrados.

La reforma tiene origen en un proyecto de los legisladores oficialistas Lucas Pica y Facundo López (JSRN) pero, en los últimos dos años, fue analizada por una Comisión especial con parlamentarios, jueces y funcionarios laborales, como también, representantes de los cuatro colegios de abogados.


Convocatoria a gremios y cámaras comerciales


Quedó, además, el compromiso del oficialismo en el recinto que se convocarán a los gremios y las cámaras de comerciantes antes de su tratamiento en segunda vuelta.

Parte de la modificación radicó en institucionalizar el uso de la tecnología y la despapelización de los expedientes aunque el objetivo declamado es “reducir los plazos que requiere un juicio laboral y darle celeridad  “al vecino que se acerca al Poder Judicial porque le están pagando mal o porque lo echaron del trabajo, o ha tenido un accidente laboral”, explicó Pica en la sesión parlamentaria.

En ese sentido, se implementa un accionar judicial directo frente a los casos evidentemente irregulares, como  aquellos trabajados formales que son despedidos sin su indemnización.

Así, se estableció un procedimiento denominado “acción especial ejecutiva”, consistente en un mandato judicial obligando al empleador al pago de esa obligación.

Otro punto incorporado en la iniciativa aprobada se corresponde con la respuesta frente a los hechos de “violencia y acoso laboral”.

En relación al pretendido acortamiento de plazos, el texto fija un máximo de 10 días para contestar una demanda en la Provincia.

También, se incorporó que la Cámara laboral pueda realizar prontamente la pericia médica en los conflictos por accidente de trabajo, “unificando una práctica porque algunas ya lo realizan pero otras no”.

Se otorgó “mucha potencia a la audiencia de conciliación”, que si no hay acuerdo se deberán fijar los hechos controvertidos y fijarse un plazo de 30 días para la producción de la prueba, que podrá llegar a 60 días si debe realizarse en extraña jurisdicción. Se incluyó que concluía esta instancia, a los 10 días, se debe realizar una audiencia.

Como uno de los autores, el legislador Lucas Pica (JSRN) fundamentó la iniciativa de reforma, después de su tratamiento en una Comisión Especial. Foto: Marcelo Ochoa.

La modificación introduce la utilización en los procesos de los escritos digitales, la firma digital, como también, el  domicilio y notificación electrónica, formalizando lo autorizado por acordadas por el Superior Tribunal de Justicia. Además, se ratifica el mecanismo de “la conciliación previa obligatoria para todo pleito laboral ya sea pasando por las delegaciones del Ministerio de Trabajo de la Provincia o por los Centros Judiciales de Mediación. Era importante ratificarlo porque se registran muy buena efectividad o porcentuales de acuerdos”, destacó Pica


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