Condenado a 14 años de prisión por intentar matar a su pareja

Un tribunal de Viedma consideró probado que Mauricio Figueroa incurrió en violencia de género y tuvo intención homicida cuando le disparó en la cabeza a la mujer, en medio de una discusión. Tuvo en cuenta su experiencia en armas y agresiones anteriores.

Mauricio Ezequiel Figueroa de 31 años fue condenado a 14 años de prisión por el delito de “homicidio calificado por haber sido cometido contra quien ha mantenido una relación de pareja, por haber mediado violencia de género y por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, en concurso ideal con el de tenencia de arma de fuego de uso civil condicionado sin la debida autorización”. El hecho ocurrió en la madrugada del cinco de agosto de 2015 en una casa prefabricada ubicada en la toma del barrio Inalauquen.

El Tribunal integrado por los camaristas Marcelo Chironi, Guillermo Bustamante y Ariel Gallinger coincidió con los fundamentos y el pedido de pena del Fiscal de Cámara, Hernán Trejo, quien solicitó aquel monto al considerar que Figueroa le disparó a la cabeza de su pareja Ana Saizar con la intención de matarla. La mujer se salvó de milagro.

Los jueces tuvieron también en cuenta “las condiciones de disparo del arma de fuego utilizada, la imposibilidad de que la misma se hubiera disparado de forma accidental, la inconsistencia del relato de Saizar acerca del forcejeo y la producción del disparo, los dictámenes periciales médicos y psicológicos (tanto de Saizar como del propio Figueroa), la distancia de disparo, el lugar donde ingresa el proyectil y los testimonios de la madre y los hermanos de la víctima, no dejan dudas acerca de hubo una acción clara y concreta del imputado de matar a Saizar”.

Consideraron que el hecho que Figueroa se quedara en el lugar del hecho, que llamara a la ambulancia y mostrara preocupación por la salud de Saizar e incluso arrepentimiento, “no lo exime de la responsabilidad penal que le cabe. Más aún, es muy típico en los episodios de violencia de género el arrepentimiento incluso inmediato, más la violencia internalizada en el sujeto hace que los sucesos se reiteren una y otra vez luego de atravesar distintos estadíos”.

En el fallo el juez Chironi tuvo en cuenta el informe de la licenciada Corach sobre Figueroa “donde subyacen indicadores de falta de control de sus acciones y dificultad en el contacto interpersonal, lo cual ante excesiva presión o desinhibición por consumo de alcohol o drogas, puede derivar en episodios de agresión. Esto se compadece con lo declarado por los testigos, e incluso por la evidencia hallada en la escena, entre ellas varios recipientes de cerveza”.

Interpretó que la discusión entre la pareja existió en base a lo señalado en el juicio por la madre y los hermanos de Ana, pese al intento de esta última de minimizar la cuestión. “En el fragor de esas discusiones, la ingesta de alcohol derivaron sin dudas en la agresión a Saizar que pese a su negativa era recurrente entre ambos”.

Sostuvo que Figueroa conocía de armas en base a los informes de la OITEL que reflejan no sólo que era evidentemente habitual en Figueroa estar con armas de fuego, sino que además se fotografiaba y se filmaba con ellas”.

“La intención de Figueroa no fue otra que quitarle la vida a Saizar. Luego se arrepintió y pidió ayuda, cuando ya

el hecho

violento estaba producido”

destacó el fallo de la

Sala B de la Cámara Criminal de Viedma.

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“La intención de Figueroa no fue otra que quitarle la vida a Saizar. Luego se arrepintió y pidió ayuda, cuando ya
el hecho
violento estaba producido”

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