Repsal: lo que debe saber un empleador

Prevenir el trabajo no registrado, la trata de personas y el trabajo infantil. El objetivo de la creación del organismo.

Cr. Fabio Daniel López

consultorio@csbya.com.ar

CHINNI, SELEME, BUGNER Y ASOC.

A través de la Ley 26.940 de mayo 2014, se crea REPSAL, Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales. Una herramienta de carácter público, integrante del nuevo régimen de Promoción del Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral, que busca cooperar en la lucha contra el trabajo no registrado, el trabajo infantil, y la trata de personas a través de la explotación laboral.

El registro es administrado por la Subsecretaria de Fiscalización del Trabajo y de la Seguridad Social, dependiente de la Secretaria de Trabajo.

Vale preguntarse qué sanciones puede recibir una empresa incluida en el registro, y qué organismos están facultados para aplicarlas.

A grandes rasgos, las causas por las cuales el empleador puede quedar incluido en el REPSAL son: trabajo no registrado, obstrucción a la labor de la inspección del trabajo, relaciones laborales desconocidas por el empleador, infracciones a la prohibición del trabajo infantil, y sentencias condenatorias por infracción a la Ley de prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas.

En caso de figurar en el REPSAL, los empleadores no podrán: a) acceder a los programas de fomento, beneficios o subsidios otorgados por el Estado Nacional; b) acceder a líneas de crédito otorgadas por instituciones bancarias públicas; c) contratar con el Estado Nacional, y las entidades comprendidas en su ámbito de aplicación; d) participar en obras públicas, concesiones de obras públicas, concesiones de servicios públicos y licencias e) acceder a los beneficios de reducción de contribuciones patronales establecidos por la Ley de Promoción de Trabajo Registrado y Prevención del Fraude Laboral.

Para los empleadores que reincidieran en la infracción que motivo su inclusión en el REPSAL en un lapso de tres años contados desde la primera resolución sancionatoria, corresponderá: a) Excluir automáticamente del monotributo, en caso de estar adherido al Régimen Simplificado, desde que quedare firme su sanción como reincidente; b)  Impedir que los Responsables Inscriptos en el Régimen General, deduzcan del impuesto a las ganancias los gastos inherentes al personal de acuerdo a lo previsto en la ley del gravamen.

Dato

Consultor Pulso

Datos

26.940
La ley del año 2014 que crea el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).

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