Deberán dejar de descontarle y devolverle el Impuesto a las Ganancias a un jubilado de la región

El fallo es contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La Justicia Federal ordenó el cese del descuento del Impuesto a las Ganancias y la devolución de lo retenido en los últimos cinco años a un jubilado de la región.


El fallo del juez Greca, a cargo del Juzgado de Roca, hizo lugar parcialmente a la presentación que realizó un jubilado de la ciudad patrocinado por los abogados Enrique Julio Palmieri y Horacio Caffarati, contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).


El pedido se basaba en la declaración de inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias y su decreto reglamentario de parte de la Corte Suprema de Justicia.


Los abogados reclamaban que se deje de realizarle los descuentos al jubilado y se le devuelva lo retenido desde enero de 2013.


El juez entendió que el demandante cumplió con el procedimiento judicial ya que “previo a dar inicio a la presente demanda contenciosa, interpuso reclamo administrativo ante el cuestionado organismo. Por lo que, y ante el silencio de la administración, se entiende por agotada la vía administrativa y por ende, de favorable acogida a la pretensión de repetición tributaria”.

Se comprobó también que le habían realizado los descuentos que denunciaba.

Amparado en la declaración de la inconstitucionalidad del artículo 79 inciso c) de la Ley de Impuesto a las Ganancias y su decreto reglamentario, Greca ordenó el cese del descuento y la devolución de esas retenciones (desde septiembre de 2015), más los intereses.


La Justicia Federal ordenó el cese del descuento del Impuesto a las Ganancias y la devolución de lo retenido en los últimos cinco años a un jubilado de la región.

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