El juicio de planes sociales en Neuquén desde adentro: hablan los jueces que dictaron el fallo
Por primera vez dieron una entrevista, luego del veredicto que fijó penas de prisión efectiva para ocho de los condenados y en suspenso para los restantes cuatro. Se refirieron a las críticas, al trabajo de la fiscalía y a la opinión del gobernador sobre la asociación ilícita.
«La sentencia que ustedes dictaron en la causa Planes Sociales no dejó conforme a nadie. La fiscalía y las defensas van a apelar, pero además recibieron un reproche del gobernador, que esperaba una condena por asociación ilícita. ¿Qué tienen para decir respecto de los dichos de la principal figura política de Neuquén?»
Media hora antes de escuchar esa pregunta de la prensa, los jueces Juan Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita habían anunciado ocho condenas a prisión efectiva y cuatro en suspenso para los 12 condenados por la estafa con planes sociales, lo que puso fin a esta etapa del juicio más largo en la historia del Código Procesal Penal acusatorio de la provincia.
Los defensores ya se habían ido de la Ciudad Judicial intercambiando ideas sobre el escrito de impugnación que presentarán en febrero; el fiscal Juan Narváez se abrazó emocionado con las asistentes letradas que durante años lo acompañaron en la investigación -el jefe Pablo Vignaroli se ausentó, una vez más- y los imputados salieron con cara más seria que al ingresar.

El veredicto de los jueces fue técnico pero con mucho contenido político. Aceptaron dialogar con un reducido grupo de periodistas, entre ellos de diario RÍO NEGRO, en la sala de deliberación de los jurados populares. Una de las preguntas se refirió al disgusto del gobernador Figueroa porque no aplicaron la figura de asociación ilícita, como habían pedido el fiscal Vignaroli y la fiscalía de Estado, querellante.
«Acostumbrados a las críticas»
«Nosotros recibimos de buen agrado todas las críticas», respondió Kees. «Las decisiones que tomamos los jueces penales dejan disconforme a ambas partes, es algo a lo que estamos acostumbrados y no nos genera ningún problema y vamos a seguir trabajando del mismo modo».
«Hay un problema con la asociación ilícita que tratamos de explicarlo en la primera sentencia. Parece contraintuitivo decir que había una organización grande de personas que estaba coordinada para cometer delitos y que eso no es una asociación ilícita. En términos para la gente que no litiga en el proceso penal, el gobernador es contador, naturalmente puede pensar que está mal. Por fortuna nuestras decisiones las revisan otros jueces, pueden llegar hasta la Corte Suprema. No hay que responder esto en términos personales. Nuestra decisión fue fundada técnicamente«.
A cualquier juez que se le pregunte si recibió presiones para que dicte su fallo en tal o cual sentido lo negará, y en este caso Kees, Hermosilla y Guaita no fueron la excepción.
Muchas horas de debate
Guaita relató algunas intimidades del trabajo que realizaron. «Debatimos mucho, nos tomamos muchas horas para poder analizar realmente el funcionamiento del delito de asociación ilícita, qué implicancia tenía y cómo lo podemos merituar. Nosotros como jueces resolvemos con lo que nos trae el Ministerio Público Fiscal y con lo que litiga la defensa. Y con los elementos que nos trajeron y con la jurisprudencia vigente, llegamos a esa conclusión: había que desestimar».
«Fue un trabajo muy profundo, nos llevó mucho tiempo y llegamos los tres en forma consensuada«, agregó.
La renovación del Poder Judicial
Se les preguntó también si se consideraban parte de una renovación dentro del Poder Judicial: los tres son jóvenes, concursaron juntos en el Consejo de la Magistratura, son los últimos jueces penales designados durante el gobierno de Omar Gutiérrez; Kees y Hermosilla vienen del fuero federal, y además marcaron diferencias entre este proceso y el caso Temux como «una época que queremos dejar atrás».
«No creo que nos podamos considerar una renovación de manera aislada«, contestó Hermosilla. «Yo me encontré con el sistema acusatorio que tiene sus críticas pero que nos permitió poder tomar una decisión, entendemos que es trascendente para la justicia en un tiempo prudencial, razonable. Implicó la tarea de muchas personas, existió el compromiso de muchos funcionarios, de los abogados que participaron, de los defensores».

«Haber participado en algo tan complejo y que se haya llegado a una decisión de justicia en un tiempo razonable, cuando hemos visto que causas similares a nivel nacional se realizan una o dos audiencias por semana… por lo menos a mí me parece una cuestión a destacar», agregó.
-¿Si tuviera que volver a organizar este juicio lo haría igual, con audiencias todos los días, durante 30 días seguidos, o se tomaría más pausas? Es mucha información para absorber.
-Mucha información, muchos planteos de las partes, exige muchísima concentración, pero lo haría igual. Después hay tiempo para redactar la sentencia.
La comparación con Temux
A su turno Kees también destacó la influencia del Código Procesal Penal que entró en vigencia en 2014. «La extensión del plazo de investigación de Temux de 11 años se explica en buena medida por la deficiencia del Código anterior. La celeridad de este proceso, en el que se hacen todas las audiencias orales, permite marcar una diferencia importante».
Añadió que «otra diferencia es la puesta en funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Antes el sistema de designación de jueces y funcionarios de los ministerios públicos era muy permeable a la política. Hoy esa permeabilidad no es que haya desaparecido, probablemente no exista un sistema donde no haya ninguna posibilidad de influencia de la política en la designación de funcionarios y magistrados, pero hoy la integración plural del Consejo permite cambios y eso ha modificado la conformación de los colegios de jueces y de los ministerios públicos. Así que eso es algo también que ha tenido impacto».
Las penas
El veredicto que dictó el Tribunal este jueves es el siguiente:
Ricardo Soiza, Tomás Siegenthaler y Orlando Abel Di Luca: 5 años de prisión efectiva
Néstor Pablo Sánz: 4 años y 6 meses de prisión efectiva
Marcos Osuna: 4 años de prisión efectiva.
Julieta Oviedo, Luis María Gallo y Alfredo Cury: 3 años y 6 meses de prisión efectiva.
Laura Reznik, Isabel Montoya, Valeria Honorio y Emmanuel Victoria Contreras: 3 años de prisión condicional.
En todos los casos la accesoria de inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
Por otra parte, el Tribunal no hizo lugar al pedido de decomiso de los bienes de Sánz, Montoya y Honorio. Se trata de terrenos, viviendas y vehículos.
Además, dispuso que una vez que el fallo quede firme se levanten los embargos e inhibiciones de todos los bienes de todos los imputados.
"La sentencia que ustedes dictaron en la causa Planes Sociales no dejó conforme a nadie. La fiscalía y las defensas van a apelar, pero además recibieron un reproche del gobernador, que esperaba una condena por asociación ilícita. ¿Qué tienen para decir respecto de los dichos de la principal figura política de Neuquén?"
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