“El acoso laboral”

Redacción

Por Redacción

Se supone que un empleado va al trabajo para obtener un salario cumpliendo las normas y reglas de la empresa. Si es claro en el fondo, la forma puede no serlo en algunas circunstancias en que no se respeta al “otro”. Empujar a alguien en contra de su voluntad para manejarlo de manera de tomar su control mental y luego manipularlo con fines perversos es el perfil del acosador. Se trata de transformarla en objeto, deshumanizar a la víctima para poder manipularla como una “cosa”. Puede empezar por un hostigamiento e insistencia sobre cierta forma de trabajar que comienza a cambiar inesperadamente. Cambio de puesto o de horarios sin concertación previa, remarcas insistentes sin motivo, órdenes y contraórdenes, gritos y faltas de respeto, vejaciones morales, presiones, mentiras. Este accionar se va incrustando en la mente del acosado sin comprender al principio el porqué. Poco a poco la autoestima comienza a deteriorarse. Nerviosismo, miedo de perder el trabajo, tristeza, melancolía, rabia de no poder actuar para defenderse. Aparecen dolores, contracturas, dolencias psicosomáticas relacionadas con el estrés y la angustia. Uno se encuentra solo, aislado, sin poder movilizarse y pedir auxilio. El modo perverso a fin de controlar al otro es para obtener un provecho; por ejemplo, empujar a alguien para que renuncie de la empresa, crear confusión para reinar como jefe absoluto y gozar del sufrimiento del otro… en fin, sacar provecho de la situación sin mirar las consecuencias. Esta forma criminal de actuar suele provocar estragos en la salud mental, hasta el fin trágico del suicidio en algunos casos. Veo varios casos en el consultorio. En muchos países –sobre todo europeos– se investiga de cerca esta forma de funcionar en el medio laboral. En Francia he visto en algunos años el incremento de suicidios, a tal punto que la ley en jurisprudencia puede determinar que el que una persona se suicide fuera de su empresa puede considerarse un “accidente de trabajo” si está relacionado con un acoso laboral. El acoso de cualquier tipo está penalizado por los derechos humanos y las leyes de cada país. Osvaldo Corsino, DNI 7.688.606 – Neuquén


Se supone que un empleado va al trabajo para obtener un salario cumpliendo las normas y reglas de la empresa. Si es claro en el fondo, la forma puede no serlo en algunas circunstancias en que no se respeta al “otro”. Empujar a alguien en contra de su voluntad para manejarlo de manera de tomar su control mental y luego manipularlo con fines perversos es el perfil del acosador. Se trata de transformarla en objeto, deshumanizar a la víctima para poder manipularla como una “cosa”. Puede empezar por un hostigamiento e insistencia sobre cierta forma de trabajar que comienza a cambiar inesperadamente. Cambio de puesto o de horarios sin concertación previa, remarcas insistentes sin motivo, órdenes y contraórdenes, gritos y faltas de respeto, vejaciones morales, presiones, mentiras. Este accionar se va incrustando en la mente del acosado sin comprender al principio el porqué. Poco a poco la autoestima comienza a deteriorarse. Nerviosismo, miedo de perder el trabajo, tristeza, melancolía, rabia de no poder actuar para defenderse. Aparecen dolores, contracturas, dolencias psicosomáticas relacionadas con el estrés y la angustia. Uno se encuentra solo, aislado, sin poder movilizarse y pedir auxilio. El modo perverso a fin de controlar al otro es para obtener un provecho; por ejemplo, empujar a alguien para que renuncie de la empresa, crear confusión para reinar como jefe absoluto y gozar del sufrimiento del otro... en fin, sacar provecho de la situación sin mirar las consecuencias. Esta forma criminal de actuar suele provocar estragos en la salud mental, hasta el fin trágico del suicidio en algunos casos. Veo varios casos en el consultorio. En muchos países –sobre todo europeos– se investiga de cerca esta forma de funcionar en el medio laboral. En Francia he visto en algunos años el incremento de suicidios, a tal punto que la ley en jurisprudencia puede determinar que el que una persona se suicide fuera de su empresa puede considerarse un “accidente de trabajo” si está relacionado con un acoso laboral. El acoso de cualquier tipo está penalizado por los derechos humanos y las leyes de cada país. Osvaldo Corsino, DNI 7.688.606 - Neuquén

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