Tres años de prisión por secuestrar a su pareja, herirla y amenazarla
El hombre, expareja de la víctima, justificó sus actos en una venganza frente a la nueva relación que inició la mujer mientras él estuvo preso por otros antecedentes.
Un tribunal oral condenó a tres años de prisión de cumplimiento efectivo a un hombre que mantuvo encerrada durante un mes y medio a su pareja, amenazándola con agredir a su madre y a su hija, y le causó lesiones de diversa gravedad durante ese lapso. Como el sujeto tenía condenas anteriores la pena le fue unificada en siete años y siete meses.
El tribunal oral N°25, integrado por los jueces Ana Dieta de Herrero, Gustavo Goerner y Rodolfo Bustos Lambert, fue el que condenó a Cristián Gabriel Vallejos, de 33 años.
El delito que se le adjudicó es “privación ilegal de la libertad”, con varios agravantes: por haber sido cometida mediante amenazas y con fines de venganza, por haber sido cometida contra una persona a quien debía respeto particular, por haber durado más de un mes, por haber causado lesiones leves agravadas, por haber sido contra una persona con quien mantuvo una relación de pareja y haber mediado violencia de género y desobediencia a funcionario público.
La “venganza” fue explicada en que por una condena anterior, cuando “él estaba preso, ella mantuvo otra relación sentimental, siendo que incluso una vez Vallejos la llamó desde la Unidad y fue atendido por la ex pareja de la dicente”.
La “desobediencia” se enmarcó en que violó la prohibición de acercamiento a la víctima, Mónica Agostina Bruscella.
Vallejos, según el fallo, “privó de su libertad ambulatoria desde el 10 de abril de 2015 hasta el 28 de mayo de 2015, oportunidad en que la misma pudo concurrir a ver a sus hijos y madre y luego se estableció en un hotel céntrico, oculta del imputado, por temor a su integridad física y su grupo familiar”.
Además, le causó lesiones “aproximadamente dos semanas antes del día 30 de mayo de 2015, en un hotel de la zona de Constitución, mediante el uso de una rejilla afilada en el rostro, mediante golpes con una botella en los brazos y piernas y con un control remoto en la cabeza”.
La condena incluye la prohibición de “acercarse a menos de 300 metros de distancia del domicilio” de la víctima “y de los lugares a los que concurra habitualmente”.
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