AMLO renuncia a ser imparcial en las elecciones mexicanas

La pugna entre el presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador (AMLO) y el Instituto Nacional Electoral (INE) será un argumento principal de la campaña electoral este 2021. El mandatario no está dispuesto a mantenerse neutro ni imparcial en la disputa. El árbitro tampoco querrá renunciar a su autoridad cuando considere que el presidente pone en riesgo las garantías previstas por la Constitución para asegurar el buen funcionamiento de los comicios intermedios, que se celebrarán en junio.


El 11 de enero Lorenzo Córdova, presidente consejero del INE, dijo durante un seminario del Colegio de México que, según criterios previos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf), las conferencias matutinas de AMLO deben ser consideradas como actos de promoción gubernamental y, por tanto, debe prohibirse su difusión durante las campañas electorales.


En respuesta, el presidente advirtió que de confirmarse la amenaza de Córdova acudiría a la Justicia, ya que, según su criterio, implica un acto de censura. Aprovechó, además, para convocar a la gente a que opine sobre el derecho del presidente a expresarse con libertad.


Este pleito entre Córdova y AMLO está adelantando vísperas. Independientemente de lo declarado por el primero, el INE aún no se pronuncia respecto a la transmisión de las conferencias mañaneras y, de hacerlo en el sentido anunciado por Córdova, aún restaría por conocer la última palabra del Tepjf.


A principios de diciembre pasado, representantes de los partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional presentaron una queja ante el INE reclamando una intervención presuntamente inconstitucional del presidente.


Según sus argumentos, el mandatario habría realizado declaraciones violatorias del principio de neutralidad, ya que llamó a no votar por los partidos de oposición. Además –debido a que los discursos aludidos se emitieron durante actos de gobierno– el mandatario habría utilizado recursos públicos en contra de sus adversarios.


Como ejemplo señalaron dos discursos, ambos del 28 de noviembre: el primero emitido en el hospital rural San Quintín y el segundo durante la presentación del Programa de Mejoramiento Urbano 2021 en el municipio de Ensenada.


En San Quintín, el presidente dijo: “Están desesperados los conservadores, quieren a como de lugar frenar, detener la transformación; se están agrupando, se están uniendo”. Y en Ensenada calificó la alianza entre el Partido Revolucionario Institucional y Acción Nacional como la expresión de “la corriente conservadora” presente a lo largo de la historia de México.
En respuesta, el área de quejas del INE concedió la razón a los partidos opositores y dictó medidas cautelares contra el presidente.


Sin embargo, el 23 de diciembre la Sala Superior del Tribunal Electoral echó abajo esa medida. Una mayoría de cinco magistrados consideró inexistentes las infracciones atribuidas al mandatario: “No se advierte que induzca(n) a la ciudadanía (…) a votar por cierta fuerza política o que solicite el voto de forma expresa o indubitable (…) Que el presidente realice expresiones relacionadas con los procesos electorales o las posibles alianzas entre los partidos políticos no está prohibido”.


El pleito entre el mandatario y el presidente consejero sucede de manera anticipada y cabe también temer que de manera inhibitoria para la reflexión pendiente.



Durante el debate de esta resolución quedaron en minoría los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez quienes, en sentido inverso a sus compañeros, sí valoraron las manifestaciones del presidente como contrarias a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad y, por lo tanto, como afectaciones al proceso electoral que está en marcha.
La sentencia que quitó la razón a las oposiciones fue emitida el 6 de enero de este año. Los partidos denunciantes solicitaron un recurso de revisión ante la misma Sala Superior del Tepjf, reiterando los argumentos que ya habían señalado, así como el razonamiento de los magistrados Otálora y Rodríguez.


En vez de resolver el fondo del asunto, la Sala Superior atendió el recurso de revisión lanzando una bola de fuego contra el Consejo General del INE. La misma mayoría de cinco magistrados opinó que le compete a ese órgano máximo del instituto definir si debe ejercerse una “tutela inhibitoria” en contra de los discursos presidenciales, en caso de que la autoridad electoral considere que violan la normatividad electoral.


Al actuar de esta manera, el Tepjf retiró del área de quejas del INE la eventual “censura” contra el mandatario, para ponerla en manos del Consejo General. El término “tutela inhibitoria” se refiere al uso de una medida extrema para evitar que se cometa un ilícito futuro “mediante la implementación de medidas de anticipación”.


En otras palabras, el Tribunal le exigió al INE que su máximo órgano le ponga por adelantado el cascabel al gato, en caso de que considere que el presidente está actuando ilegalmente.

* Periodista, académico y escritor mexicano. Su libro más reciente es “Hijo de la guerra”


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