Confirman el sobreseimiento de De la Rúa

Es por las muertes del 2001. Casación consideró al estado de sitio una medida legítima.

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BUENOS AIRES.- La Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer el sobreseimiento del expresidente Fernando de la Rúa (1999-2001) por los asesinatos de cinco manifestantes y 117 lesionados que hubo durante la represión policial en su último día de gobierno, el jueves 20 de diciembre de 2001.

La Sala I del máximo tribunal penal del país -integrada por Raúl Madueño, Luis Cabral, y Eduardo Riggi- confirmó por unanimidad el último de los fallos que favoreció a De la Rúa, en donde lo consideraban libre de culpa y cargo de los incidentes ocurridos en los alrededores de la Plaza de Mayo.

En su declaración indagatoria de la etapa de instrucción, el expresidente aseguró que él no sabía nada y se enteró por el canal de televisión “Crónica TV” de que había muertos en la Plaza de Mayo y sus alrededores por la represión policial.

Para los jueces de la Cámara de Casación “no puede pretenderse ubicar” a De la Rúa “como garante de comportamientos” de los policías represores porque el expresidente “desconocía los supuestos excesos en los que habrían incurrido sus inferiores durante el estado de sitio”.

“Lo contrario importaría una flagrante violación del principio de culpabilidad”, sostuvo el fallo en donde, además, se aseguró que “desde el punto de vista formal no existe como pretenden los recurrentes ilegitimidad en el dictado del estado de sitio” puesto que para ello el presidente “cumplió con los pasos que marca la ley suprema y los pactos internacionales”.

Recordaron que la Constitución nacional establece que “es atribución del presidente de la Nación declarar el estado de sitio en caso de conmoción interior cuando el Congreso está en receso”.

Sin embargo, los camaristas opinaron que “si bien la situación política del país era complicada todavía no habían sucedido los hechos que justificaron que el expresidente considerara que nos encontrábamos frente a un supuesto de conmoción interior”.

El recurso de Casación había sido elevado veinte días atrás por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que pidió el procesamiento de De la Rúa y consideró que el entonces presidente “se arrogó facultades que no tenía” al decretar el estado de sitio.

El operativo de represión fue ilegítimo porque De la Rúa “declaró el Estado de sitio sin intervención del Congreso de la Nación pese a la obligación que imponen los artículos 65 y 29 de la Constitución nacional en caso de conmoción interior”, expuso el CELS.

(DyN y AP)


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