Rafael Nahuel: el recorrido de la causa que terminará en Casación

La justicia le atribuye al prefecto Pintos el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. La pena mínima supera los 10 años.

La investigación del homicidio de Rafael Nahuel, que ocurrió la tarde del 25 de noviembre de 2017 en Villa Mascardi, estuvo a cargo durante un año del juez federal Gustavo Villanueva, que subrogó el juzgado Federal de Bariloche, por la licencia de su colega Leónidas Moldes. También intervino la fiscal interina Sylvia Little.

Cuando Moldes reasumió al frente de su juzgado tomó el expediente. En menos de dos meses, resolvió procesar a los albatros Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, Sergio Guillermo Cavia y Carlos Valentín Sosa como coautores del delito de homicidio agravado por el uso de armas de fuego, pero cometido con exceso en la legítima defensa y sin prisión preventiva.

Moldes acreditó la tesis de que hubo un enfrentamiento entre mapuches y los albatros y que en esas circunstancias murió Nahuel. Tuvo en cuenta el informe de los peritos oficiales Roberto Nigris y Karina Uribe, con el aval de una perito por la querella, que determinaron que la bala letal salió del subfusil MP5 asignado a Pintos. Pero también valoró la pericia de Gendarmería que concluyó que el proyectil que mató a Nahuel no salió del ama de Pintos.

Además, tuvo en cuenta las pericias químicas que se hicieron en el Centro Atómico y en Gendarmería que detectaron partículas compatibles con residuos de disparo de armas de fuego en las manos de los jóvenes Fausto Jones Huala, Lautaro González y Nahuel.

La abogada Natalia Araya, que representa a los padres de Rafael Nahuel, que son querellantes en la causa, y los defensores de los albatros apelaron. Pero la fiscalía no impugnó el fallo de Moldes.

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca admitió parcialmente la apelación de la querella y de los albatros Obregón, Cavia, García y Sosa. En cambio, rechazó el recurso de Pintos.

Los jueces de Roca cambiaron en su fallo del 15 de mayo pasado la calificación legal y le atribuyeron a Pintos el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y dictaron la prisión preventiva. El Código Penal prevé una pena mínima de algo más de 10 años de prisión.

La defensa de Pintos interpuso un recurso de casación para revocar esa sentencia ante el tribunal de Roca, que lo rechazó el 5 de junio pasado. Como el fallo quedó en pie, Moldes dispuso detener al albatros procesado.

Ahora, a la defensa de Pintos le queda la opción de presentar un recurso de queja ante Cámara Federal de Casación Penal, para tratar de revocar el fallo y dejar sin efecto la prisión preventiva de Pintos.


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