Claves para entender el nuevo esquema de doble indemnización

El Gobierno decretó su prórroga hasta junio de 2022. Pero hay un gran cambio: bajan los montos a pagar de manera gradual. También se extiende la prohibición de despidos hasta mitad del año que viene

Por Redacción

El emplero privado sigue sin reaccionar pese al rebote que se esta observándose en la economía.

El Poder Ejecutivo tomó ayer la decisión de extender la emergencia ocupacional por seis meses. Sin embargo, en el caso del recargo indemnizatorio, irá disminuyendo paulatinamente durante el primer semestre.

Cuales son los puntos para tener en cuenta de este nuevo decreto y sus modificaciones:

-Tal como el decreto anterior, el beneficio está dado en el caso de despido de trabajadores sin causa y le permitirá al empleado afectado recibir, además de la indemnización que corresponde por ley, un adicional.

-A diferencia del caso anterior, este adicional tendrá quitas progresivas: un incremento equivalente al 75 % del monto de esta, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del 50% a partir del 1 de marzo de y hasta el 30 de abril de 2022; y del 25 % desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de ese mismo año.  

-Se mantienen los montos máximos para los adicionales. En los términos del artículo 2 del decreto, el valor correspondiente al incremento no podrá exceder, en ningún caso, la suma de 500.000 pesos, con lo cual el tope mencionado continuará vigente, principalmente para aquellas indemnizaciones que excedan ese monto inclusive ajustándose al nuevo esquema.

En definitiva, el Gobierno amplió hasta el 30 de junio del próximo año de la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 34/19. El argumento para mantener esta medida es el número de trabajadores con empleo registrado en el conjunto de las empresas privadas que se encuentra un 5 % por debajo del nivel observado en diciembre del año 2015.


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