Confirman el desalojo en la toma del Parque Industrial de Cipolletti

La defensora oficial volvió a impugnar la decisión. La medida cautelar rige para las  familias que asistieron a la formulación de cargos.

 “El derecho de uno termina donde empieza el derecho de otro”; fue uno de los argumentos que esgrimió el juez de Cipolletti Guillermo Baquero Lazcano para confirmar la orden de desalojo que recae sobre la toma del Parque Industrial.

El juez ratificó la medida cautelar que dispuso la jueza Rita Lucía para las cuatro familias que se presentaron en la audiencia de formulación de cargos.  La fiscalía deberá notificar al resto de los ocupantes para garantizar su derecho a defensa, avanzar sobre la acusación por usurpación y reiterar la medida cautelar.

Es que la disposición solo rige sobre las personas que asistieron a la audiencia. La fiscalía había notificado a 70 familias pero finalmente fueron cuatro.

En los últimos meses se asentaron cuatro tomas en Cipolletti, todas se judicializaron. La fiscalía solicitó el desalojo en todas pero solo se avanzó sobre la de Parque Industrial.

La defensora oficial Silvana Ayenao volvió a impugnar decisión. En la audiencia sostuvo que la medida debía ser revocada teniendo en cuenta los derechos constitucionales a una vivienda digna para todos los ciudadanos.

En su dictamen y al igual que la defensora de niños, niñas y adolescentes, la defensa solicitó un plazo prudencial para llevar a cabo una conciliación y buscar una salida alternativa al conflicto, evitando una medida violenta como el desalojo.

La fiscalía por el contrario, sostuvo que la magistrada había resuelto conforme a derecho y que además de los derechos constitucionales de orden social también debían garantizarse los de primera generación, entre los que se encuentran el derecho a la propiedad y al ejercicio de una industria lícita. El Ministerio Público argumentó, además, que la toma muestra de consolidación en las construcciones de viviendas.

Baquero Lazcano sostuvo que los derechos deben ser reclamos de las formas previstas por la ley y no por vías de hecho y que los magistrados no pueden convalidar esta  porque se estaría alimentando el caos dentro de la sociedad. Agregó que tanto jueces como fiscales, tienen el deber de procurar hacer cesar los efectos del delito y recordó la vigencia del delito de usurpación prevista en el Código Penal.

Si bien aseveró que no desconoce el derecho al acceso a una vivienda de los ocupantes, primó el derecho sobre la propiedad privada y destacó que no podía reclamarse un derecho violentando los de terceras personas ajenas al conflicto.


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