Covid-19: ¿consulta popular?

Roberto Fermín Bertossi*


Ante una cuarentena vernácula que se prolonga indefinidamente mediante confinamientos personales y limitaciones económicas/profesionales, etc., entendemos pertinente en términos de paz social, bien común, legitimidad e interés general impulsar sin demora una consulta popular, conforme las previsiones constitucionales de los artículos 39, 40 y cc. de nuestra Carta Magna, según reglamentación Ley 25432.

El propósito consiste en atemperar y contener el inquietante incremento masivo de malestar e incertidumbre social, precisamente por lo interminable de tal cuarentena, cuanto por la eventual conculcación de innegables declaraciones, derechos y garantías contenidos en el Capítulo Único de la Primera Parte de la Constitución nacional (Art. 33).

En política no se trabaja con la idea de actuar a partir de pautas de racionalidad, sino con el propósito de “convencer” en el sentido retórico de “mover a creer”, aun mediante discursos atemorizadores y triunfalistas (ridiculizados por países como Chile, País Vasco, Suecia, etc.).

Otra vez al presidente Alberto Fernández “no le tembló la pera” para dar como ejemplo cuarenténico a Córdoba, cuando en realidad, hoy por hoy, los ejemplos son San Luis y Catamarca. ¿Politiquería y no más?

Cada discurso o cadena nacional de reconducción de cuarentena es confuso y contradictorio. En efecto, según Fernández “hace muchos meses la Argentina se olvidó de la cuarentena, si no salgan a la calle y vean”… “Yo estoy obsesionado con la salud de los argentinos y no con la cuarentena, que en realidad en Argentina hace meses que no existe”.

¿Cómo nos podemos sentir decenas de millones de argentinos que respetamos la eterna cuarentena?

La participación política es esencial en orden a la caracterización del Estado como democrático (Arts. 39 y 40, Constitución nacional). La consulta popular se configura como una modalidad de participación política, complementaria de la democracia representativa, particularmente versátil para la adopción de decisiones -en este caso en materia de covid-19- de especial trascendencia por revestir carácter prácticamente irreversible.

Nuestro artículo 40 (CN) es el instrumento cardinal, diseñado para una participación directa, es decir, una consulta popular en todo el ámbito nacional para todas las decisiones de especial trascendencia. Justamente en nuestro sistema constitucional la democracia representativa, por ende democracia parlamentaria, es la norma ordinaria respaldada por el constituyente que ha optado, en primer lugar, por un sistema de democracia representativa, republicana y federal prácticamente exclusiva y, en segundo lugar, reconociendo la institución de la consulta popular con carácter complementario.

Aunque el término “elecciones” está conectado de modo inmediato con el de “representación”, no queda agotado en éste, ya que también existe actividad electoral en una consulta popular. En esta última hay derecho de sufragio activo, aunque no, claro está, pasivo. Ahora bien, la condición de elector es común para votar eligiendo representantes o para optar por el “sí” o el “no” en una consulta popular (digital u otra segura y posible).

Claramente, cualquier modalidad de participación política como la que aquí se analiza y propone, no deja de ser la expresión de la voluntad del titular de la soberanía, que nace del principio de la soberanía del pueblo y de la forma republicana del gobierno.

Históricamente, desde la propia fundamentación del voto del presidente de la Primera Junta de gobierno, Cornelio Saavedra (según los debates del histórico Cabildo Abierto del 22 de mayo redactados en el acta capitular de aquella memorable jornada patria fundacional), consta que “el pueblo reasume la soberanía”.

Finalmente, a partir de prohombres como Juan Bautista Alberdi, el dogma y apotegma “la soberanía radical del pueblo” son constitucionalmente irrefutables; sin perjuicio, claro está, de una insoslayable corresponsabilidad cooperativa individual y socialmente suficiente, ante la penosa realidad de realidades del coronavirus.

*Experto cooperativismo


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