Desarrollo Social tuvo que mudar a jóvenes del CAINA por orden judicial
Fue a partir de un amparo que presentó la defensora de menores, Elizabeth Quezada. Las fotografías tomadas en la inspección del edifico “no dejan duda alguna respecto a las condiciones precarias que se han denunciado”, señalaron los jueces en la resolución.
ROCA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y de Minería, con asiento en General Roca, ordenó al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia que brinde a los jóvenes que se encuentran alojados en el CAINA N° 16, un espacio en el que puedan residir “en condiciones de bienestar”. En respuesta, la cartera provincial debió mudar a los afectados, en forma transitoria, a un departamento alquilado en el ejido roquense.
La medida hizo lugar al amparo interpuesto por Elizabeth Quezada, titular de la Defensoría de Menores e Incapaces Nº 1. Resta que se informe al tribunal el plan de acción concreto que se implementará para evitar que se repita la situación denunciada.
Según se explicó en el comunicado, Quesada concurrió en una visita al establecimiento original, el pasado 4 de marzo de 2013, y advirtió que las condiciones en las cuales se encontraban alojados los jóvenes no eran las adecuadas. “Estamos hablando de cuestiones muy sencillas y elementales como poner vidrios, reparar o cambiar un calefactor, eliminar filtraciones en el techo y acondicionar las conexiones eléctricas de una vivienda, así como desinfectar una habitación”, ratificó el tribunal.
En la resolución, para los jueces se acreditó “debidamente la afectación real y cierta de los derechos constitucionales invocados por los amparistas, así como la urgencia, el peligro en la demora y la ilegalidad manifiesta en la que se ha incurrido”. Agregaron que se trata de menores que por razones de vulnerabilidad social, se encuentran separados de su familia y alojados en estos institutos, de modo que habrán de extremarse los recaudos para evitar su “revictimización”. “No se trata de adolescentes con problemas de adicción o en conflicto con la ley, por lo que pareciera que su reubicación no necesita de mayores recaudos de seguridad como podría ocurrir con otros casos”, opinaron.
“No se han invocado”, concluyeron, “problemas presupuestarios y es difícil suponerlos cuando el gasto notoriamente no tiene mayor entidad. Hay desinterés o cuanto menos ineficiente tratamiento del caso”, sentenciaron.
Fuente: Prensa Poder Judicial RN.-
ROCA
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