Dos hermanos condenados por mortal golpiza en Roca
Les dieron 10 años. Otra joven recibió una pena menor
JUDICIALES
ROCA.- Dos hermanos fueron condenados ayer a 10 años de prisión por el asesinato “con saña” del empleado municipal de Roca Julio Namuncurá. Una tercera imputada fue sentenciada a 3 años en suspenso porque si bien tuvo intenciones de lastimar a la víctima dándole patadas con sus pies descalzos, no compartió el “dolo homicida” con los otros dos jóvenes.
Para los familiares de la víctima la condena fue “muy leve”, pues esperaban la prisión perpetua que había reclamado el fiscal de Cámara Andrés José Nelli. Pero los jueces consideraron que no existió la agravante de la alevosía y condenaron a los hermanos Daiana y Emiliano Solorza como coautores de un homicidio simple y a Andrea Infante como autora de un homicidio preterintencional.
La sentencia de los jueces Oscar Gatti, Gastón Martín y César López Meyer se conoció ayer al mediodía en el subsuelo del edificio de Tribunales de Roca. En el fallo la Cámara Criminal Segunda dio por probado que en la madrugada del 30 de mayo del año pasado Namuncurá, de 43 años, tuvo una “simple discusión” con Daiana Solorza en la vereda de un céntrico boliche de esta ciudad. Al parecer “le invitó un trago” y la joven no aceptó. Y ante la insistencia del hombre se desató el conflicto.
Basándose en el relato de tres testigos presenciales de la golpiza, de quienes destacaron la “tenacidad” y “responsabilidad con la que asumieron la carga pública de declarar como testigos de un homicidio”, los jueces dieron por probado que a Namuncurá lo comenzaron a perseguir a toda carrera desde la vereda del local, en calle San Martín entre España y Maipú, hasta la calle Maipú al 1700, a una cuadra de allí, donde un cuarto integrante del grupo, no identificado hasta la fecha, lo derribó con “una especie de tacle”. Una vez en el piso el empleado municipal fue blanco de una feroz lluvia de patadas e impactos con el taco de un zapato de dama que la joven Solorza tenía en sus manos. Todos los golpes, según la autopsia, fueron a una “zona vital” y de hecho, al día siguiente, desencadenaron la muerte a la víctima.
Los jueces valoraron a favor de Infante que la mujer le dio a Namuncurá “un par de patadas estando descalza” pero que “al advertir la gravedad del ataque cesó y trató de disuadir” a sus amigos, llorando y “rogándoles que paren”. Pero los hermanos “no cesaron y lo agredieron con saña”, dice la sentencia. El fallo dispuso que, mientras no esté firme la condena, Daiana Solorza podrá permanecer con prisión domiciliaria, al tiempo que ordenó la liberación de Infante. (Redacción central)
JUDICIALES
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite por $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora