Paquete Fiscal 2026: Alivio para Pymes, topes al Impuesto Inmobiliario y la lupa sobre la economía digital

La nueva normativa aprobada por la Legislatura de Neuquén actualiza valores fijos y escalas, introduce mayor progresividad en las alícuotas de Ingresos Brutos y establece nuevos criterios para la operación desde billeteras virtuales.

Por Ignacio Soteras (Larrondo, Tonelli & Asoc.)

La Legislatura de Neuquén aprobó recientemente las Leyes 3.541 (Ley Impositiva) y 3.542 (Modificación del Código Fiscal), que delinean el escenario tributario para el período fiscal 2026.


En un contexto económico donde la inflación sigue distorsionando los parámetros de ingresos, esta nueva normativa intenta amortiguar sus efectos: actualiza valores fijos y escalas, introduce mayor progresividad en las alícuotas de Ingresos Brutos y establece nuevos mecanismos de actualización para el impuesto inmobiliario a través del “tope” VFRI.

Ingresos Brutos: Mayor progresividad para las Pymes


La principal modificación para el entramado empresarial local se encuentra en el tratamiento de las alícuotas reducidas. Históricamente, el salto de una “Microempresa” a una “Pequeña” implicaba un incremento brusco en la carga tributaria. La Ley 3.541 refina este esquema, creando escalas intermedias que suavizan el impacto fiscal.


Para la comercialización minorista, mientras que en 2025 el beneficio del 2% se limitaba a ingresos de hasta $180 millones, en 2026 este techo se eleva a $250 millones. Pero la novedad, se encuentra en la segmentación:


•Ingresos entre $250M y $500M tributarán al 2,5%.
•Ingresos entre $500M y $750M tributarán al 3%.
•Ingresos entre $750M y $1.000M tributarán al 3,5%.


Esto contrasta con el esquema 2025, donde superar los $180 millones implicaba la aplicación de la alícuota del 3,5% directamente.

Dato

2%
Será la alícuota de Ingresos Brutos para el comercio minorista con ingresos de hasta $250 millones.


Una lógica similar se aplica a los servicios y la construcción, donde en 2025 el beneficio del 2% se limitaba a ingresos de hasta $100 millones, en 2026 este techo se eleva a $150 millones. La progresividad se estructura de la siguiente manera:


•Ingresos entre $150M y $300M tributarán al 2,5%.
•Ingresos entre $300M y $450M tributarán al 3%.
•Ingresos entre $450M y $600M tributarán al 3,5%.


Esto amplía significativamente el rango de protección fiscal respecto al tope de $320 millones que regía en 2025, permitiendo una mejor transición hacia la alícuota general.

Actualización del Monotributo Unificado


Para los pequeños contribuyentes, la Ley Impositiva 2026 actualiza los importes fijos mensuales del Régimen Simplificado, alineados con las categorías de ARCA (ex AFIP). El incremento promedio ronda el 30%.


A modo de referencia, la Categoría A pasará de abonar $10.000 mensuales a $13.000, mientras que la categoría más alta (K) ascenderá de $115.000 a $149.500 mensuales. Esta actualización es en orden a la inflación anual, y busca acompañar al contribuyente del régimen, sin expulsarlo del sistema simplificado.

Impuesto Inmobiliario: El nuevo “freno” del VFRI


Una de las incorporaciones más relevantes al Código Fiscal, es la facultad otorgada al Poder Ejecutivo para fijar un Valor Fiscal de Referencia Impositiva (VFRI).


Hasta ahora, la base imponible se constituía por la valuación fiscal tradicional. En adelante, el Ejecutivo podrá utilizar este VFRI como base de cálculo al solo efecto de determinar el impuesto inmobiliario, asegurando la “razonabilidad y proporcionalidad del incremento impositivo”. En la práctica, esto actúa como un tope técnico para evitar que los revalúos fiscales de mercado se traduzcan en aumentos siderales del impuesto patrimonial.


En cuanto a los valores mínimos, el impuesto inmobiliario mínimo anual para inmuebles urbanos edificados se actualizó de $25.600 a $33.280 para 2026, un ajuste que intenta no quedar rezagado frente a los costos administrativos de recaudación.

La mayor progresividad en las alícuotas de Ingresos Brutos, implica que gran parte de los contribuyentes soporte una menor carga tributaria.


Asimismo, se incorpora una nueva exención para inmuebles rurales productivos menores a 50 hectáreas, siempre que pertenezcan a pequeños o medianos productores primarios y se encuentren en actividad, una medida clara de fomento al sector agropecuario local.

Economía Digital y Financiera: Nuevos hechos imponibles


La reforma del Código Fiscal moderniza la captación de tributos en la economía digital, gravando explícitamente los contratos de mutuo, préstamo o crédito otorgados por plataformas digitales, billeteras virtuales o intermediarios tecnológicos.


El cambio es sutil pero poderoso: se establece que, si el prestatario tiene domicilio en Neuquén, el impuesto se devenga con la simple “aceptación de los términos y condiciones” en la app o la puesta a disposición de los fondos, lo que ocurra primero. Esto cierra una puerta a la elusión fiscal de las Fintech.

Conclusión


De la normativa recientemente publicada desde la Legislatura Provincial, con vigencia a partir del próximo período, surge que los lineamientos a seguir se enfocan en por un lado en mayor progresividad en alícuotas de Ingresos Brutos, lo que se traduce en que gran parte de los contribuyentes tengan una efectiva disminución en su carga tributaria.

También en topes a valuaciones fiscales con el fin de no “disparar” la carga tributaria en lo que refiere a Impuestos Inmobiliarios y por último actualización de hechos imponibles, buscando agiornarse a la economía actual. Esto no solo repercute en beneficios a los contribuyentes, sino que posiciona a la provincia en el orden nacional, dándole mayor competitividad de cara a futuras inversiones.


Por Ignacio Soteras (Larrondo, Tonelli & Asoc.)

La Legislatura de Neuquén aprobó recientemente las Leyes 3.541 (Ley Impositiva) y 3.542 (Modificación del Código Fiscal), que delinean el escenario tributario para el período fiscal 2026.

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