Precios de la harina: aplican multas a empresas por más de $445 millones por cartelización

Es una causa iniciada en abril de 2017. Las multas recaen sobre Molinos Cañuelas, la Federación molinera, la Cámara de Industrias molineras y una asociación de pymes.

El gobierno nacional oficializó este martes su decisión de aplicar multas por más de 445 millones de pesos a empresas molineras por cartelización para la fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina entre abril de 2014 y octubre de 2017.

Las multas y sus causas fueron establecidas en la Resolución 332/2022 firmada por el secretario de Comercio Interior, Roberto Feletti, tras casi cinco años de investigación de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC).

El Gobierno impuso una multa de 150 millones de pesos a Molino Cañuelas; otra multa por 150 millones de pesos a la Federación Argentina de la Industria Molinera; una de 93.974.602 pesos a la Cámara de Industriales Molineros; y una de 51.131.995 pesos a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras. El total suma 445.106.597 pesos.

Si bien la causa que motiva la sanción no es actual, las multas se oficializaron justo en medio de una fuerte tensión del Gobierno nacional con el sector molinero y de los panificados por la estabilización de los precios del trigo y sus derivados tras la disparada que mostraron las cotizaciones internacionales después de la invasión militar de Rusia a Ucrania.

Cómo fue la investigación


El recorrido de esta causa comenzó el 4 de abril de 2017, en pleno gobierno de Mauricio Macri. En ese momento, la entidad Industrias Medianas y Pequeñas Unidas Locales Sociedad Argentina (Impulsar) presentó ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia una denuncia contra la firma Molino Cañuelas.

Esa denuncia era por presunta violación a la Ley N° 25.156 de Defensa de la Competencia. En la misma, Impulsar indicó que la Federación Argentina de la Industria Molinera estaba al servicio de un “oligopolio”.
La queja estaba dada porque la Federación era conducida con un estatuto que establece un mecanismo de decisión en base a la capacidad de molienda. Por lo tanto, “el más grande decide y los demás acatan”.

En la denuncia se señalaba además que Molino Cañuelas limitaba, distorsionaba y restringía la libre competencia en el mercado y el desarrollo de fuentes de trabajo generadas por los pequeños y medianos molinos.

También se acusó a Molino Cañuelas de “prácticas anticompetitivas”, porque organizaba reuniones de precios convocadas por la Federación, que habrían “perseguido la subordinación de parte de los pequeños molinos con la amenaza de eventuales sanciones institucionales”.

Asimismo, se habría “fomentado una afiliación compulsiva de todos los molineros, incluyendo los miembros ya agrupados en otras instituciones gremiales empresarias”, dice la Resolución publicada en el Boltín Oficial.

Esto, señala el texto oficial, “habría generado un cartel institucionalizado, por medio de la creación de un sistema coordinado y auditado por la propia Federación con el objeto de sostener los precios con poder de policía y sanción”.

Impulsar fue aportando información a la CNDC para que avance la investigación. En ello aparecen valores de referencia para la harina de trigo, en bolsas de 50 kilos y por tonelada a granel, para los meses de octubre y noviembre de 2015.

En los correos electrónicos se hacía referencia a un proceso de auditoría sobre los precios de venta de la industria molinera, el cual se habría puesto en funcionamiento en el marco del Acuerdo General de Defensa de la Libre Competencia en el sector Molinero.

La CNDC efectuó una relación de hechos donde se describió la presunta existencia de un acuerdo suscripto por la Federación, la Cámara de Industriales Molineros, Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras y Molino Cañuelas para fijar precios e intercambiar información, lo cual infringiría lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ley N° 27.442.

El organismo público les pidió a las partes acusadas que brinden explicaciones el 6 de julio de 2018. Ante ello, en agosto de aquel año, Molino Cañuelas dijo todo fue iniciativa de la Federación. Y aseguró la empresa que el “borrador” del acuerdo no sólo no fue suscripto, sino que tampoco fue implementado.

La Federación respondió que Impulsar erró “groseramente” al describir el estatuto y al afirmar que la firma Molino Cañuelas tendría la facultad de imponer las decisiones. Y dijo que era “imposible” que la firma impusiera decisión alguna, ya que su representante es solamente uno de los 15 integrantes titulares de la Comisión Directiva.

La Cámara de Industriales Molinos expuso, en tanto, que resultaba inverosímil que la empresa Molino Cañuelas por sí misma, y aún con la ayuda y complicidad de las tres asociaciones empresariales del sector molinero, pudieren convocar públicamente a todos los molinos del país, agremiados o no, obligándolos a concurrir a un hotel céntrico de la Capital Federal, para suscribir un acuerdo de precios.

Pero la CNDC consideró que las explicaciones brindadas por la empresa y las entidades molineras “resultaron insuficientes y ambiguas, y no pudiendo descartar la posible comisión de conductas antijurídicas desde el punto de vista del derecho de Defensa de la Competencia”.

El 3 de diciembre de 2018, la CNDC ordenó la apertura de un sumario. Y el 12 de julio de 2021 emitió la Disposición N° 72 por la que ordenó dar por concluida la instrucción sumarial en autos e imputó a las entidades molineras y a la empresa.

Esa imputación fue por “conductas anticompetitivas consistentes en una práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible, en el mercado de molienda de trigo y de la comercialización de harina de trigo, confiriendo el traslado previsto en el Artículo 41 de la Ley N° 27.442″.

En la imputación, la CNDC consideró que las conductas anticompetitivas imputadas tuvieron lugar en todo el territorio nacional en el período comprendido, desde el mes de octubre de 2014 hasta, al menos, el mes de abril de 2017, de acuerdo con las pruebas obrantes en autos.

La CNDC llegó a la conclusión que las acusadas “idearon, diseñaron, implementaron y monitorearon” el acuerdo de precios, configurando una práctica colusiva horizontal entre ellas, para la fijación de precios mínimos de venta e intercambio de información sensible, con el objeto de limitar la competencia entre las empresas molineras.

Ante ello, la CNDC declaró responsables a Molino Cañuelas, a la Federación, a la Cámara y a la Asociación de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras por ejecutar una práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina. Y aplicó las multas.

Las firmas sancionadas deben responder y pagar dentro del plazo de diez días hábiles desde la notificación, bajo apercibimiento de aplicar por cada día de mora los intereses correspondientes a la tasa activa del Banco Nación hasta su efectiva cancelación.

También la CNDC resolvió pedirles a las partes involucradas que cesen y se abstengan de realizar acuerdos de fijación de precios e intercambiar información sensible, en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo.


Corresponsalía Buenos Aires



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