Preocupación: alertan que una profesión podría desaparecer a causa del DNU de Milei

A causa de la liberalización del comercio exterior, peligra una importante actividad. Cerca de 5.000 despachantes de Aduana se verán afectados. Los motivos.

El DNU de Javier Milei introdujo importantes cambios en el comercio exterior. Tanto es así, que ahora cualquier persona podrá operar sin necesidad de inscribirse en registro importador alguno o demostrar solvencia financiera. 

Desde luego que la solvencia será un requisito necesario cuando tengas que negociar con tu contraparte en el exterior, pero uno de los puntos que más entusiasman a los emprendedores es la posibilidad de hacer negocios con países extranjeros sin vueltas ni rodeos. 

Todos podrán convertirse en importadores y, desde luego, lo que más le importa a la administración Milei, en exportadores. 

Un párrafo para subrayar teniendo en cuenta la avidez de muchos argentinos que podrán comenzar a importar todo tipo de productos desde, bienes del sector tecnológico o todo tipo de productos que la población requiera, desde prendas textiles hasta repuestos para los automóviles. 


Preocupación en la Aduana: presentaron una acción de amparo


En este contexto, los despachantes de Aduana dicen enfrentar una situación de «incertidumbre» e «intranquilidad» sobre la continuidad de su profesión a raíz de las modificaciones en el Código Aduanero dispuestas por el Decreto 70/2023. 

A causa de esto, el Centro de Despachantes de Aduana (CDA) decidió ir a la Justicia con una acción de amparo y medida cautelar.

La presentación es contra el apartado de Comercio Exterior (Título V), el cual presenta una «paradoja de la desregulación» de la actividad del Despachante de Aduana, una situación que en la Argentina afecta a más de 5.000 profesionales que desarrollan esta actividad.

El DNU «invoca varios objetivos loables, pero concretamente respecto de los Despachantes de Aduana no dice qué es lo que su régimen tal como estaba resulta perjudicial, y mucho menos su urgencia de cambio».

Ello implica «una gran indefensión, pues no elimina su profesión, ni su carácter de Auxiliar del Servicio Aduanero (mantiene el art. 36 del Cód. Aduanero), pero reduce la actividad a su mínima expresión y lo deja como un título vacío«, advirtieron el presidente del CDA, Héctor Gerardo Pardal, y el secretario de la entidad, Facundo Manuel Álvarez.


Qué dijeron desde el Centro de Despachantes de Aduana sobre el DNU de Milei


La vicepresidenta del CDA, Andrea Coscarello, dijo que la intención del Gobierno es «modificar el comercio exterior» con esta normativa.

«Sentimos una gran indefensión, pues el decreto no elimina su profesión, ni su carácter de Auxiliar del Servicio Aduanero, pero reduce la actividad a su mínima expresión y lo deja como un título vacío»

Si bien reconoció la necesidad de actualizar el Código Aduanero -ya que la normativa vigente es del año 1982-, Coscarello sostuvo que el eje «no debería ser sin la figura del Despachante de Aduana».

«Ante todo, somos auxiliares del servicio aduanero y estamos en el artículo 36 del Código Aduanero. En el artículo 37, lo que se quiere hacer es el agregado de una persona física, jurídica, autorizada por un importador, ergo, se agregaría en ese artículo un ‘autorizado'», se explayó Coscarello.

Y advirtió que «para ese ‘autorizado’ no hay condiciones y hoy nosotros sí las tenemos, como ser mayores de edad, tener un título de capacitación, estar inscriptos en la Inspección General de Justicia, llevar libros de comercio, somos responsables ante la Unidad de Información Financiera, que es fundamental por el tema de lavado de activos y financiación del terrorismo».

«¿Adherimos a la facilitación? Totalmente, eso es indiscutible porque sí o sí necesitamos la facilitación de todo lo que sea el comercio exterior, pero no a través de una figura que va a ser un ‘autorizado’, va a tener que saber hacer el trabajo, clasificar, valorar, si esa mercadería tiene fraude marcario. O sea, no va a tener control la mercadería que ingrese o que egrese«, planteó la profesional.

Por su parte, Raúl Vázquez y Matías Duarte, secretario general y tesorero de la Asociación de Empleados de Despachantes de Aduana (AEDA), respectivamente manifestaron que el Gobierno busca «desregularizar la actividad, sacar el llenado de profesionalismo al despachante de aduana».

Concretamente, «fomentar las operaciones de comercio exterior, tanto importaciones como exportaciones, sin ninguna vinculación con un nivel profesional como el del despachante de aduana», enfatizaron los directivos de AEDA.

«El Gobierno quiere fomentar las operaciones de comercio exterior, tanto importaciones como exportaciones, sin ninguna vinculación con un nivel profesional como el del despachante de aduana»

Duarte dijo que con esta medida está «en riesgo el puesto de trabajo de más de 40.000 familias que dependen de la actividad nacional del comercio exterior que regulan los despachantes».

De todas maneras, Vázquez aclaró que pese a la publicación del DNU 70/2023, «por el momento está todo igual ya que la operatividad sigue funcionando y la gente está trabajando», con lo cual «este DNU todavía no está teniendo ninguna consecuencia» practica.

Para la CDA, los despachantes de aduana son «puentes con el mundo» porque «a la gente o empresas que no pueden salir al mundo, el despachante les hace el puente para que se salgan». «Somos la herramienta que necesitan para salir al mundo y la oficina de comercio exterior de todas ellas, las pymes, las micropymes, las unipersonales, inclusive de grandes empresas donde el despachante trabaja en coordinación con el departamento de exportación o importación de la empresa para llevar adelante sus operaciones«, sostuvo una alta fuente de la entidad.


DNU de Milei: qué cambio introduce en el comercio exterior


La apertura del comercio exterior se apoya en la derogación del Registro de importadores y exportadores que se especifica en el artículo 92 del Código Aduanero. 

El decreto de la administración de Javier Milei explica: «Todas las personas humanas y jurídicas podrán solicitar destinaciones aduaneras y realizar operaciones de comercio exterior sin necesidad de inscribirse en ningún registro».

Una destinación aduanera es un documento mediante el cual una persona declarante, señala el régimen aduanero al que se someterá una carga. Esta declaración es aplicable a las mercancías que llegan al país mediante una importación. Usualmente, un despachante aduanero contratado por un cliente realiza este trámite que es el paso principal para que el sistema de aduanas del país pueda procesar una mercancía, fijando los tributos, aranceles a pagar según el caso.

Con información de Iprofesional y Télam


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