Suspenderán la ley de alquileres debido a escasez de oferta en el mercado

La decisión fue tomada tras un almuerzo entre el Alberto Fernández y Sergio Massa. Consideran que, en este contexto, la ley actual no favorece a ninguna de las partes. ¿Qué sucederá con los contratos vigentes?

No son pocos quienes opinan que la oferta de alquileres en muchos puntos de nuestro país no es mayor debido a las condiciones impuestas por La Ley 27.551, conocida como «ley de alquileres». Como en todo mercado, una escasez de oferta de viviendas para locación sumada a una demanda pujante debido a las dificultades de acceso a la vivienda propia redundan en precios elevadísimos, además de relaciones asimétricas y “desabastecimiento”.

Es por ello que, según trascendió, el Presidente la Nación, Alberto Fernández, y el ministro de Economía, Sergio Massa, acordaron suspender la aplicación de la mencionada ley una vez que hallen una alternativa convincente para reemplazarla.

La ley de alquileres establece que los contratos de locación de inmuebles deben tener una duración mínima de 3 años y el canon locativo se debe actualizar anualmente en base al Índice para Contratos de Locación (ICL), que construye el Banco Central de la República Argentina (BCRA) considerando dos variables clave de la economía: inflación y salarios.

La ley de alquileres establece que los contratos de locación de inmuebles deben tener una duración mínima de 3 años y el canon locativo se debe actualizar anualmente.

En lo que a inflación refiere, se utiliza el clásico Índice de Precios al Consumidor (IPC) que mensualmente publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), y en cuanto a salarios se emplea la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) que publica la Secretaría de Seguridad Social con periodicidad mensual.

Son la duración y la periodicidad de las actualizaciones los dos puntos más controversiales de la normativa, puesto que a ello adjudican los bajos incentivos para ofrecer inmuebles bajo contratos de locación, atento a la elevada inflación y a la alta incertidumbre.

Son la duración y la periodicidad de las actualizaciones los dos puntos más controversiales de la normativa.

Al respecto, la Federación de Inquilinos Nacional advirtió en un comunicado que modificar la ley por decreto sería inconstitucional y adjudican los problemas existentes en el mercado a la “gravísima incapacidad” del Gobierno nacional para controlar el cumplimiento de la norma.

Es esperable que la oferta de inmuebles en alquiler siga con restricciones en tanto no se implemente alguna alternativa a la ley vigente.

Por aplicación de principios generales del derecho, la suspensión de la Ley 27.551 no debería afectar los contratos en curso ni las relaciones contractuales celebradas mientras siga en vigencia.

Por aplicación de principios generales del derecho, la suspensión de la Ley 27.551 no debería afectar los contratos en curso ni las relaciones contractuales celebradas mientras siga en vigencia.


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