Telegramas de despidos y de renuncias comenzarán a ser digitalizados

Es a raíz de un acuerdo celebrado a principios de mayo entre la AFIP y el Correo Argentino. El objetivo es agilizar y acelerar los trámites de estas notificaciones.

El pasado 3 de mayo la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suscribió un acuerdo con el Correo Argentino para la digitalización y carga sistémica de los telegramas laborales. La AFIP incorporará a la base de los mencionados telegramas, datos e imágenes de estas piezas postales digitalizadas.

Según lo informado por el organismo postal, al año se estima que circulan unas cien mil piezas postales laborales que demandan el trabajo de unos doscientos operadores a nivel nacional. Es por ello que entre el Organismo Fiscal y el Correo Argentino firmaron recientemente un convenio para agilizar y acelerar los tramites de estas notificaciones.

Con este acuerdo se busca no solo los nombrados objetivos de agilización y aceleración, sino la implementación de la digitalización y la carga sistémica de datos e imágenes de telegramas laborales, para que lleguen a conocimiento de los empleadores de manera más rápida y automatizada.

Dato

100.000
Es el número estimado de piezas postales laborales que circulan al año.

Será el mismo Correo Argentino el encargado de digitalizar el formulario, cargar su contenido y enviarlo de manera sistémica a la AFIP, tanto para despidos como para renuncias de los trabajadores.

Los participantes del encuentro afirmaron que con estas modificaciones buscan eliminar los pasos burocráticos que solo entorpecen el acceso a los derechos de los trabajadores. Además, desde AFIP aseguran que el Correo Argentino como empresa del Estado cuenta con todos los mecanismos de seguridad, eficacia y transparencia para lograr con los objetivos propuestos y que la información sea de mayor utilidad.

Por el momento, para el despacho de los telegramas, los trabajadores deberán acceder a AFIP a través del servicio en la solapa “Telegramas Laborales – Art. 11 Ley Nº 24.013”, haciendo uso de su clave fiscal nivel 2 o superior. Deben cargar los datos del telegrama, el CD que corresponde a la etiqueta que pega el propio correo para el seguimiento y acreditación de envío como dato obligatorio, el n° de telegrama o n° de carta documento como dato opcional, los datos del empleador como son CUIT y domicilio, pudiendo hacerse saber que se desconoce con la tilde en “Sin datos del empleador”.

Al hacer clic en “Enviar a AFIP” habiéndose verificados los datos se podrá emitir el correspondiente “Acuse de envío” como comprobante de la carga.

Aquellos trabajadores que no cuenten con clave fiscal o el nivel requerido por AFIP, podrán acceder al servicio a través de homebanking. Los pasos y datos a ingresar se realizan de la misma manera que accediendo por AFIP.

Los datos podrán modificarse o actualizarse en AFIP mediante el servicio “Sistema Registral”. También pueden ingresarse observaciones en el sistema con un máximo de 300 caracteres. Debe adjuntarse la imagen del telegrama o carta documento que se envió al empleador, una foto o escaneo de la pieza postal, se pueden subir hasta dos imágenes en total en distintos formatos (“png”, “.jpg” o “.jpeg”).

Con estas modificaciones buscan eliminar los pasos burocráticos que solo entorpecen el acceso a los derechos de los trabajadores.

A su vez, con la medida acordada, la nueva información estará disponible para la consulta de los Juzgados laborales, al mismo tiempo que la propia AFIP pueda fiscalizar y calcular las sumas que se adeudan a organismos de la Seguridad Social.

La Ley de Empleo 24.013 establece sanciones económicas por la no regularización del empleo no registrado o registrados de manera deficiente. En su art. 11 se indica que deben cumplirse dos requisitos por parte del trabajador o el sindicato representante del mismo:

1. Intimar al empleador para que regularice la situación, inscribiéndolo o bien estableciendo la real fecha de ingreso o el verdadero monto de las remuneraciones y,

2. Remitir de manera inmediata, no pasadas las 24 horas hábiles siguientes, a la AFIP copia del requerimiento.

AFIP asegura que el Correo Argentino como empresa del Estado cuenta con todos los mecanismos de seguridad, eficacia y transparencia para lograr con los objetivos.

Mediante el acuerdo, los trabajadores tendrán conocimiento sobre las sanciones agravadas que prevé la Ley de Empleo y podrán intimar a su empleador en caso de que se hallen en alguna de las situaciones previstas.

Para concluir, podemos decir que esta nueva medida tiene como principal objetivo la erradicación del empleo no registrado o bien la regularización del mismo ya que los trabajadores podrán acceder a información de manera más rápida y segura.

Por Cra. Lourdes Weht Eliceiry (CHINNI, SELEME, BUGNER Y ASOC.)


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