El mutilado de los perales derivaría en una fuerte sanción en Roca

ROCA (AR).- La Justicia hizo lugar al amparo presentado por el municipio roquense y ordenó el cese inmediato de las tareas que derivaron en la mutilación de los perales más antiguos de la Patagonia, ubicados en Stefenelli.

Ahora resta que el acusado -Calixto Ortega- presente su descargo para que se resuelva si le cabe una sanción por la poda, tal cual lo exigió la comuna ante el juez Richard Gallego. La medida fue presentada el martes pasado por el asesor legal del municipio, Pablo Bergonzi.

El escrito manifiesta la intención de la comuna «de que se le ordene cesar las actividades de depredación y mutilación de las especies arbóreas comprendidas en la declaración de interés municipal 32/2000 ubicadas en la chacra 248, procediendo a reparar en la medida de lo posible los daños producidos efectuando las tareas de saneamiento y posterior cuidado, salvaguarda y manutención de los árboles ubicados en el lugar afectado».

Párrafo seguido, se expresa el pedido para que «se imponga al demandado la reparación pecuniaria correspondiente».

Todo se inició la semana pasada, cuando se descubrió que se había arrasado con los retoños de los perales históricos, plantados en 1896 por Juan Gerli. Los ejemplares llegaron a la región desde San Juan y soportaron la inundación de 1899. En 1998 se los declaró de interés municipal y dos años después se dispuso su protección especial.

En el amparo, el municipio había requerido el respeto de la legislaciones municipal, provincial y nacional que protege el patrimonio cultural comprendido por los bienes arqueológicos, históricos, urbanísticos, arquitectónicos, artísticos y paisajísticos.

Sin embargo, una motosierra pudo más que las normas y buena parte de los perales quedó reducida a leña.

Así las cosas, el titular del Juzgado 5 ordenó como medida cautelar «que el accionado cese en forma inmediata en la realización de cualquier acto que implique la depredación y/o modificación de los bienes alcanzados por la declaración Nº 32/2000 dictada por el Concejo Deliberante de Roca y en referencia a la plantación de perales, todo ello bajo apercibimiento de imponer una sanción conminatoria hasta tanto cumpla dicha manda judicial y sin perjuicio de la reparación de los daños que pudieran producirse».

Al mismo tiempo, otorgó 48 horas a Ortega para que produzca su descargo como contestación de demanda y ofrezca prueba.


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