Perpetua y a la cárcel: el final del policía Villegas por el asesinato de Pablo Vera en Roca

Máxima condena por el “gatillo fácil” ante un robo. Por el riesgo de fuga, lo detuvieron antes de leer el fallo.

VIDEO | Roca

Jorge Villegas era suboficial principal. Tenía conocimientos suficientes para presumir el resultado de su conducta. No hubo forcejo. No fue un accidente. Advirtió a Pablo Vera dentro su auto, queriendo robar. Lo corrió a lo largo de 15 metros y con la punta de su pistola reglamentaria a menos de 2,5 centímetros de la nuca de la víctima, apretó el gatillo. Y por ese crimen, ocurrido el 25 de septiembre a las 6:50 en el centro de Roca, el policía tiene ahora entre sus antecedentes una condena a prisión perpetua.

La sentencia de la Cámara Tercera se leyó ayer, pero los jueces habían firmado el fallo el jueves. Ese mismo día -evitando que la difusión de la condena derive en una fuga- ordenaron la detención del suboficial principal de la Policía rionegrina. El tribunal -con voto dividido- aceptó así el pedido que habían formulado la fiscal Graciela Echegaray y la abogada querellante, Victoria Naffa, durante los alegatos.

“Homicidio calificado por abuso de su condición de efectivo policial y por el uso de arma de fuego” fue el delito por el que Villegas fue hallado culpable. Además de la perpetua la Justicia dispuso una inhabilitación por diez años para ejercer cargos policiales. Si el fallo queda firme, el hombre que dejó Roca para vivir los últimos meses en Las Grutas llegará a la vejez en una cárcel. Hoy tiene 48 años y podría pasar los próximos 35 tras las rejas.

Luego de analizar los tres agravantes imputados, los camaristas no consideraron acreditada la alevosía. Entendieron que se dieron los “presupuestos objetivos” de “indefensión” de la víctima y de “falta de riesgo” para la persona de Villegas y de terceros al momento de efectuar el disparo, pero sostuvieron que no están acreditados los “presupuestos subjetivos” que permitan aplicar la agravante, pues no existió una “premeditación o preordenación para matar” por parte de Villegas.

Con el voto rector de Laura Pérez y la adhesión de Fernando Sánchez Freytes y Verónica Rodríguez (que sólo manifestó disidencia con la orden de prisión preventiva), el fallo fue contundente al determinar que Villegas pudo haber elegido otro final para la historia que comenzó cuando salió de su casa para llevar a su hijo a la escuela. Pero no lo hizo.

Por las huellas dactilares y de sus zapatillas, que se encontraron después, para los jueces quedó comprobado que Vera estaba dentro del Ford Orion estacionado en España 1244, con intenciones de robo.

No obstante esa certeza, desacreditaron la versión de Villegas durante su indagatoria y el alegato de su defensor en el juicio, Juan Luis Vincenty. Ambos aseguraron que luego de sentir la voz de alto Vera se abalanzó sobre el policía para quitarle el arma.

El análisis minucioso de la posición de los cuerpos, de las distancias y del escenario que rodeaba a los protagonistas llevó a la jueza Pérez a concluir que fue materialmente imposible que Vera haya intentado inmovilizar la mano derecha del policía, que se produzcan movimientos ascendentes y descendentes y que finalmente termine con un balazo en su nuca, con recorrido de abajo hacia arriba.

En las 80 páginas de la sentencia también se destacó el peso que tuvo en el juicio la pericia sobre el arma y la posterior declaración del perito de Gendarmería, Gonzalo Bruno Díaz. El experto ratificó que la Jericó 9 milímetros de Villegas funcionaba correctamente y que jamás pudo dispararse accidentalmente.

En tanto, la defensa del policía había pedido no tomar como elemento de valoración las declaraciones iniciales de los policías que llegaron primero al lugar de los hechos. Sin embargo, el tribunal consideró que tenían validez e importancia, porque esos policías describieron que al bajarse del patrullero Villegas les relató en forma espontánea: “Cuando salió corriendo le seguí”, evidenciando que hubo persecución y no un forcejeo.

Otro argumento de la defensa que terminó derribado fue el relacionado con la dirección de escape de Vera. El abogado Vincenty dijo que el sentido común lo hubiese llevado hacia la zona del Canalito y no hacia la calle Rodhe, buscando justificar que la víctima atacó al policía. La jueza tuvo en cuenta que correr hacia el Canalito era imposible para Vera, porque la puerta abierta del auto y un cesto de residuos bloqueaban esa dirección, por lo tanto optó por correr hacia la calle Rohde.

El tribunal no dudó en que hubo abuso en la función policial. “Aun cuando actuó ante la comisión de un delito en fragancia, conforme se dio por probado, estaba habilitado a hacerlo y a utilizar el arma reglamentaria; el mismo excedió los límites y con ello ingresó en una conducta abusiva. Son claras las normas señaladas en cuanto a que el arma es el último recurso a utilizar”, sostiene el fallo.

Villegas -que estuvo detenido sólo 15 días en el período inmediato posterior al crimen- permanecía anoche en una comisaría de Roca. Antes del mediodía le preguntaron si quería escuchar la lectura de la sentencia, pero rechazó esa opción. Fuentes judiciales confirmaron que el jueves se entregó sin resistencia. Con unas pocas pertenencias entró a la celda que le asignaron, seguramente preguntándose si pasaría allí el resto de sus días.

 

Villegas fue detenido el jueves en Roca.

 

Crimen Pablo Vera: tras la lectura de la pena, hubo aplausos en el recinto – Foto: César Izza.-

 

Los jueces Fernando Sánchez Freytes, Verónica Rodríguez y Laura Pérez – Foto: César Izza.-

 

Archivo Adjunto

 

VIDEO | La lectura de la sentencia al policía Villegas

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Apoyo desde todo el país

Más de 150 personas acompañaron ayer a la familia Vera. Entre ellos la madre de Luciano Arruga y el hermano de Darío Santillán, víctimas de otros casos de gatillo fácil. También llegó a Roca la referente de Madres de Plaza de Mayo, Nora Cortiñas.

Foto: César Izza.-

 

La jueza Pérez leyó el fallo con su voto rector. Sánchez Freytes adhirió en todo y Rodríguez marcó su disenso con la preventiva.

 

Un párrafo clave

“Si tenemos en cuenta la distancia existente entre el lugar en donde quedó el cuerpo y el vehículo; lo inverosímil de la maniobra descripta por Villegas, la imposibilidad de que el arma se dispare sola, por un golpe o por ser accionada por la víctima; la falta de gritos o sonidos compatibles con una lucha o forcejeo de tal dimensión; la falta de huellas en la ropa y apariencia de Villegas; y las expresiones iniciales descriptas por los testigos y el operador del comando, son elementos que a mi criterio desvirtúan de manera contundente la defensa ensayada por Villegas en su indagatoria, en cuanto a la existencia del forcejeo y las circunstancias en que se produjo el disparo y me lleva a concluir que al ser Vera sorprendido en el vehículo, corrió y fue perseguido por el encartado, lo que no excluye posibles empujones o simples forcejeos, en los momentos iniciales de la corrida o al ser alcanzado, pero en modo alguno en la forma descripta por Villegas”.

Se sentó en Río Negro un precedente que hacía falta: que se condene a un policía por haber cometido un delito en cumplimiento de sus funciones, aun estando de licencia, que es un justificativo que usan muchas veces

Victoria Naffa, Abogada querellante. Foto: Cesar Izza.-

 

Datos

Se sentó en Río Negro un precedente que hacía falta: que se condene a un policía por haber cometido un delito en cumplimiento de sus funciones, aun estando de licencia, que es un justificativo que usan muchas veces

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