Fotos al sitio porno: investigan violencia de género mediática

En Cipolletti se radicaron tres denuncias penales. El Ministerio Público Fiscal analiza los posibles encuadres penales. En Neuquén también hay varias causas.

La fiscalía de Cipolletti encuadrará la causa de las imágenes de jóvenes subidas a un sitio web de pornografía como violencia de género mediática. Se trata del artículo 6 inciso F de la Ley Nacional 26.485 contra violencia de género. La normativa es competencia de todos los fueros judiciales y no tiene penas pero prevé herramientas para erradicar la violencia contra las mujeres.


La semana pasada más de 30 chicas de Neuquén y Cipolletti denunciaron públicamente la aparición de imágenes suyas en una web de contenidos sexuales. Se radicaron varias denuncias en ambas localidades. En la ciudad rionegrina hay tres causas penales.


Las fotos fueron extraídas de las redes sociales de las víctimas lo que genera una desafío para un encuadre jurídico penal, ya que no hay legislación sobre este tipo de actividades.

En este escenario, la fiscalía rionegrina decidió enmarcarlo dentro de la ley nacional que busca erradicar la violencia de género. Pero también analiza otras opciones. Una de ellas es el artículo 155 del Código Penal que solo establece una multa económica.


Ese delito consiste en hacer pública una correspondencia no destinada a la publicidad, algo que parecería no encajar en los hechos, ya que las imágenes fueron extraídas de redes sociales con ciertas restricciones pero con fines públicos (por ello las fotos se postean o se publican). Este delito prevé multas de 1.500 a 100.000 pesos.


Pero en este caso si el Ministerio Público Fiscal lograra localizar a los responsables tendría que llevarlos a juicio y el resultado seria una pena pecuniaria (multa).

Incluso si el o los responsables carecen de antecedentes la multa seria el mínimo valor de la escala, es decir 1.500 pesos. Fuentes de la fiscalía informaron que siguen trabajando en el encuadre de las denuncias ya que se trata de un tema “complejo”.


Además, agregaron que tras el análisis de las tres exposiciones hay “dos perfiles distintos como las personas que subieron las fotos”.
La fiscalía dio intervención a la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OITEL), de la Procuración General de Río Negro, para que tome las medidas de investigación pertinentes.

Días atrás se autorizó el envió de un oficio solicitando esta información a las plataformas webs. El MPF informó que las víctimas lograron que las imágenes fueran borradas del sitio web aunque el permiso para bajar hace imposible saber si las imágenes siguen circulando de forma virtual.


La ley 26.485, sobre la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género contra las personas, fue promulgada en 2009. Tiene como finalidad eliminar prácticas de discriminación y violencia de género.

Es una herramienta que puede utilizarse en todos los fueros. El año pasado en Cipolletti el juez de Familia Jorge Benatti la utilizó para una denuncia de una joven por la publicación de imágenes suyas en una red social.

El magistrado logró que bajen los contenidos. Facebook accedió a borrar el perfil en el que un hombre difundía videos íntimos de su expareja. También lo utilizó para un caso local la jueza de Paz de Cipolletti, Gabriela Lapuente, para frenar un caso de acoso callejero.


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