Fraude al Ipross: confirmaron el allanamiento y los embargos

La Justicia ratificó la validez del procedimiento realizado en la sede del Colegio de Farmacéuticos. También se avaló la retención del dinero que los imputados facturaron a la obra social a principios de este año. La inhibición general de bienes fue revocada.

El allanamiento al Colegio de Farmacéuticos y el embargo de fondos a los siete imputados por la presunta defraudación al Ipross quedaron ratificados.

No ocurrió lo mismo con la inhibición general de los bienes que afrontaban cinco de los sospechosos. El juez Alejandro Pellizón revocó esa medida, considerando que era desproporcionada para esta etapa de la causa penal. 

Las decisiones fueron anunciadas ayer en la Ciudad Judicial de Roca, en el marco de la audiencia que había comenzado el martes para revisar las resoluciones que había tomado el 14 de junio la jueza de garantías Natalia González.

Esa magistrada había avalado el procedimiento encabezado por el Ministerio Público Fiscal en la sede de la entidad y aceptó además dos medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía de Estado de la provincia.

Una consistía en no pagar a los prestadores investigados nada de lo facturado entre febrero y abril de este año y la otra se basaba en inhibir sus bienes durante seis meses, para evitar que se insolventen y -ante una eventual condena- impedir que el Estado recupere lo perdido a causa del delito.

La defensa de los dueños de farmacias y de la exauditora del Colegio de Farmacéuticos impugnó las decisiones de González, insistiendo en que el allanamiento derivó en la violación de derechos de los imputados y por lo tanto debía ser declarado nulo.

Pellizón rechazó ese pedido y ratificó el criterio de la jueza de garantías, afirmando que desde la puesta en vigencia del nuevo Código Procesal Penal en la provincia, el allanamiento es una autorización jurisdiccional para que quien la solicita pueda colectar la información o evidencia que requiere. “No es más una orden del juez que se debe respetar en un todo”, resaltó.

También destacó que en esta etapa la evidencia recolectada pertenece a las partes y que no es más que eso, “sólo evidencias que no sabemos si serán incorporadas como pruebas cuando se abra el caso a juicio”.

La abogada Patricia Espeche no quedó conforme y anticipó un recurso de revocatoria.

Insistió en que las pruebas obtenidas del allanamiento no eran relevantes solamente para la Fiscalía del Poder Judicial.

“Esa prueba iba a ser usada para desincriminarlos (a sus defendidos) y fue contaminada por el Poder Judicial. ¿Cómo hacer una pericia sobre algo que fue modificado?”, replicó.

El juez rechazó la posibilidad de reconsiderar su postura, dejando claro que no significaba que compartiera o no la existencia de irregularidades en el allanamiento, sino que consideraba que no era la etapa procesal para analizar esos planteos.

Con respecto a los embargos, Espeche repitió ayer que eran confiscatorios e inconstitucionales, además de alterar de forma significativa la vida de las familias que dependen de las farmacias sospechadas. “¿De qué manera la Justicia puede esquilmar así a una persona o un negocio?”, preguntó.

Pero Pellizón los dejó firmes, porque de no hacer lugar a esa medida cautelar “estaríamos consolidando el provecho económico obtenido a partir de un hecho delictivo”.

Finalmente, el magistrado revocó la inhibición de los bienes inmuebles y automotores a nombre de los imputados, considerando que “una cosa es retener dinero proveniente de un hecho presuntamente delictivo, en cuanto al grado de análisis de sus requisitos de admisibilidad, y otra es avanzar, en forma ilimitada, contra el patrimonio personal de los imputados, como es la medida en cuestión, la que no deja de ser subsidiaria de otras conforme su naturaleza jurídica”. 

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Sólo uno de los siete imputados en la causa se presentó ayer a escuchar la resolución del juez Alejandro Pellizón.

Fue Rodolfo Mastandrea, vicepresidente del Colegio de Farmacéuticos, quien ingresó a la sala cuando la audiencia ya transitaba por la etapa final.

Sin obligación de estar presentes, el resto de los imputados decidió no concurrir. Se trata de los farmacéuticos Fabio Caffaratti y Raúl Mascaró, las extitulares de farmacias Marcela Gil y Marianela Guidi, Cecilia Balladini (esposa de Caffaratti) y la exauditora del Colegio de Farmacéuticos, Sandra Fasano.

Sobre esta última imputada, su abogada defensora informó ayer que sufrió un problema cardíaco durante las últimas horas, requiriendo atención médica.

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En el inicio de la audiencia de ayer, el juez Alejandro Pellizón dejó aclarado que su resolución no podía tener en cuenta la cifra de $ 58.483.461 que se mencionó el martes como monto de perjuicio para el Ipross.

“Sólo tengo jurisdicción para revisar el contenido de la resolución de la jueza González y por ende, con la información que tuvo la jueza en ese momento”, destacó el magistrado.

De esa manera advirtió que el dato aportado por los representantes de la Fiscalía de Estado para justificar las medidas cautelares debía plantearse ante la instancia de origen, para que sea tomado en cuenta de manera oficial en el marco de la causa.


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