Punto por punto: cómo quedó la ley que previene y sanciona a quienes agredan a docentes en Neuquén
El gobierno quiere enviar un mensaje de "tolerancia cero" a quienes atacan a maestros y maestras en la provincia. El proyecto de ATEN, con cambios, obtuvo despacho.
Gisselle Stillger (Arriba) felicitó al presidente de la comisión de Trabajo de la Legislatura, Francisco Lepore (Avanzar), por haber modificado el proyecto de ley del sindicato ATEN que previene y sanciona las agresiones contra docentes. «Era invotable», aseguró la diputada. Lo convirtió en una propuesta digerible para el oficialismo, que él mismo integra, y gran parte de la oposición. Hoy logró despacho de mayoría y pronto se aprobará en el recinto.
El texto original que presentó el gremio sufrió muchos cambios. Al punto tal de que esta mañana, Lepore contó que había conversado con el secretario general de ATEN, Marcelo Guagliardo, para explicarle algunos de ellos, por ejemplo, la eliminación de la asistencia médica, psicológica y legal gratuita a la víctima.
El proyecto establece «un régimen integral de prevención, protección, sanción y reparación frente a hechos de violencia cometidos contra trabajadores y trabajadoras del sistema educativo provincial, garantizando condiciones laborales seguras, dignas y libres de todo tipo de agresiones».
Este artículo fue discutido, ya que hubo legisladores, como Verónica Litcher (PRO), que insistían en hablar de actos cometidos contra cualquier integrante de la comunidad educativa, y no solamente docentes.
Lepore respondió que la intención del gobierno provincial era dar un «mensaje claro» de «tolerancia cero» contra cualquier persona que agreda a un maestro o maestra.
A los fines de la ley se considera violencia «a toda conducta intencional cometida por una persona que cause un daño a un trabajador/a de la educación, sea docente o no, en el contexto del ejercicio efectivo de sus funciones, dentro o fuera del establecimiento educativo». Describe además los tipos: violencia física, verbal y el daño a bienes.
La violencia digital o mediática (por redes sociales) fue otro de los aspectos controvertidos. Seguramente quede subsumida dentro de la verbal.
En todos los casos se considera un agravante de la agresión cuando ocurra frente a chicos y chicas. Quedan excluidas de esta definición las expresiones de disconformidad, protesta o reclamo, propios de una comunidad escolar activa, siempre que no constituyan un acto lesivo o intimidatorio.
La agresión será evaluada en el ámbito administrativo, por la autoridad educativa; en el contravencional, por jueces y juezas de Faltas; y en el penal por el Poder Judicial.
Medidas preventivas
En cuanto a la prevención el Estado se compromete a fijar protocolos de actuación ante situaciones de violencia; dispositivos de seguridad física y electrónica en los establecimientos escolares; formación obligatoria en resolución pacífica de conflictos, derechos laborales y convivencia escolar; jornadas institucionales entre las escuelas y la comunidad, en el marco de los acuerdos escolares de convivencia y espacios de orientación y contención institucional con el asesoramiento de especialistas para abordar situaciones de violencia.
Se creará una comisión interinstitucional para la prevención de la violencia en el ámbito educativo integrada por el Consejo Provincial de Educación, los ministerios de Seguridad, Gobierno y Educación y el sindicato. Tendrá funciones consultivas y propondrá políticas públicas, reformas normativas, capacitaciones y estrategias de prevención.
Se borró el artículo que garantizaba la asistencia a la víctima. Para Lepore en el caso de que la ART rechace la cobertura debe proceder el régimen ordinario que ya está vigente en el Estatuto Docente. «Sino agregamos más confusión», indicó. También se quitó la intención de poner un licencia especial.
Sanciones
El Código de Faltas de la provincia será reformado para incluir la sanción contra una persona, que sin pertenecer al sistema educativo, ejerza violencia contra un trabajador/a de la educación en ejercicio de sus funciones. Podrá ser multado con 1 a 100 JUS ($65.963,62 hasta $6.596.362, con los valores actuales), trabajo comunitario de hasta 20 días o arresto de hasta 30 días.
Cuando el que ejerce violencia sea un agente público provincial o municipal podrá ser suspendido inmediatamente, sin goce de haberes, sufrir una cesantía en caso de agresiones graves, o inhabilitación para ejercer cargos públicos.
Finalmente si la violencia la cometen estudiantes hacia docentes, sus padres y madres serán responsables indirectos y tendrán la obligación de participar, junto al chico o chica, de instancias en conjunto con los equipos interdisciplinarios de orientación o mediación institucional. Podrán ser multados u obligados a realizar trabajo comunitario.
El único voto en contra que recibió el proyecto en la comisión fue el de Brenda Buchiniz (Cumplir) que lo consideró «una porquería», pese a los cambios. Manifestó que ya había leyes que preveían estas situaciones, y en todo caso, era necesario aplicarlas y no generar una «inflación legislativa».
Darío Peralta (Unión por la Patria) le recriminó a Lepore que aún no habían tratado su proyecto para prevenir la violencia hacia los equipos de salud.
Ahora resta que pase por las comisiones de Asuntos Constitucionales y Hacienda.
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