Investigarán a funcionarios por no controlar una obra

Se trata del ministro Valeri, el titular de Energía Sebastián Caldiero y el superintendente del DPA Fernando Curetti. Fueron imputados por el incumplimiento de deberes.

Se levantó la barrera que el juez de Instrucción Marcos Burgos había bajado a finales del año pasado y la fiscalía tiene allanado el camino para investigar al ministro de Obras y Servicios Públicos de la provincia, Carlos Valeri, al secretario de Energía, Sebastián Caldiero, y al superintendente general del DPA, Fernando Curetti, que fueron imputados por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Los jueces de la Cámara Criminal Segunda de Bariloche, Héctor Leguizamón Pondal, Gregor Joos y Rubén Marigo, hicieron lugar parcialmente al recurso de apelación que promovió la fiscalía y revocaron la resolución de Burgos, que había rechazado la promoción de acción penal impulsada por el agente fiscal Francisco Arrien para investigar a los funcionarios provinciales.

El fiscal imputó a Valeri, Caldiero y Curetti porque supuestamente no controlaron la ejecución de la obra del tendido eléctrico subterráneo desde la central hidroeléctrica sobre el río Escondido, que pertenece al magnate inglés Joseph Lewis, hasta la usina de El Bolsón. También, Arrien había imputado al presidente de la empresa Patagonia Energía SA, Nicolás Van Ditmar, y dos directores de la firma por el delito de daño ambiental causado presuntamente por la obra.

Arrien promovió a finales de diciembre pasado la acción penal para iniciar la investigación. Burgos recibió el 28 de diciembre último el requerimiento fiscal, pero al día siguiente lo rechazó “porque los hechos objetos delimitados en la promoción de acción penal y sus circunstancias fácticas no constituyen delito”.

El fiscal apeló y a principios de marzo pasado se hizo la audiencia donde el fiscal de Cámara Eduardo Fernández sólo mantuvo la acusación contra los funcionarios, pero desistió de la imputación por daño ambiental contra los directivos de la empresa.

Los jueces de la Cámara Criminal Segunda recordaron en su fallo de finales de marzo pasado, que recién trascendió ahora, que la promoción de acción penal da inicio a la instrucción, la que tiene por objeto “comprobar si existe un hecho delictuoso, establecer las circunstancias que lo califique, individualizar a los partícipes (…) Se trata de un hecho que a título de hipótesis, se adecua a una figura delictiva” y citaron doctrina.

“En este caso, contamos además con algunos elementos de convicción que nos permiten adelantar que la promoción cuenta con datos que justifican el pedido de investigación”, señalaron.


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