Justicia y organización

El actual sistema de administración de justicia debe reorganizarse de una forma integral y orgánica. Hay que modificar las normas de organización y no los códigos de procedimiento, como automáticamente se piensa cuando se habla de mejorar el sistema judicial, y debe realizarse hasta conseguir el resultado buscado de la calidad total, previa determinación del ideal de justicia en la historia humana.

Desde la aplicación del derecho, cada integrante del Poder Judicial debe saber que su función es prestar un servicio que está dirigido a calificar la vida de toda la sociedad y debe fomentarse la vocación de que, al elevar la eficacia del servicio de justicia, se está beneficiando a todo el conjunto, del cual el prestador del servicio judicial también forma parte.

Es necesario reformular la organización de los tribunales trascendiendo la visión tradicional. Se debe apuntar a cambiar la manera de trabajar, apoyándose en los nuevos criterios de gestión que se han desarrollado en los últimos tiempos, ya que no podemos desconocer los nuevos aires en materia de organización que se han gestado a partir de la segunda mitad del siglo que pasó.

Existen claras muestras y razones para convencernos de que hay que innovar, que hay que buscar nuevos horizontes, valorando la experiencia global de sistemas distintos al nuestro; debemos, por lo tanto, asumir una nueva cultura de la organización judicial.

 

Principios para la reforma

y organización de los tribunales

 

Teniendo presente los lineamientos anteriormente mencionados se hace necesario pensar en modificaciones en los tribunales de nuestro país; buscar un giro copernicano en la organización de las unidades de producción, ya que el sistema actual de organización se ha mantenido casi sin cambios desde mediados del siglo XIX .

Se deben fijar objetivos básicos que redunden en beneficios tanto cuantitativos como cualitativos. El punto de partida es separar las funciones y actividades de carácter jurisdiccional de las de carácter administrativo; buscar la especialización del personal y no la rotación arbitraria y excesiva, dignificando cada labor.

Se debe realizar una división de tareas entre:

a)   asuntos repetitivos o análogos;

b)   asuntos jurídicamente complejos;

c)   asuntos novedosos.

Esta división de tareas es uno de los ejes principales de la reorganización de los tribunales, buscando una separación y especialización en los procesos de trabajo que allí se ejecutan, creándose un nuevo tipo de tribunal que recoge el personal y lo redistribuye en unidades especializadas por tipo de labor.

Debe tenerse en cuenta, además, que la capacitación del personal debe ser continua. Capacitar significa ayudar a las personas a desarrollar su competencia y habilidades relacionadas con la tarea especifica que se está realizando. Dentro de este espacio de capacitación se debe fomentar la investigación y el debate de los temas fundamentales a resolver, lográndose de esta manera la motivación e integración de todos los actores de la Justicia.

En tal sentido, bien dice el Dr. Felipe Fucito: «Se ha observado que no basta motivar a un individuo lejos del ámbito de desempeño ya que, aunque fuera efectiva la enseñanza impartida, al reinsertarse en el lugar de trabajo sería absorbido por los roles complementarios que lo obligan a reasumir la rutina; las actitudes de los compañeros de trabajo o de sus jefes lo presionan y le impiden llevar a la práctica lo aprendido.»

Las motivaciones son las razones que se tienen para trabajar hacia una meta, o el sentido que se le da a lo que se hace. Las mismas nutren de energía a los miembros de un grupo de trabajo, que deben sentirse parte del nuevo proceso. No es suficiente instalar una nueva organización: los superiores tienen que motivar a los empleados para que se pongan a la altura de las circunstancias, apoyando los nuevos valores y creencias que los procesos exigen.

A la vez, es necesario establecer plazos internos en nuestros tribunales, ya que éstos sirven para ayudar a asegurar que los resultados sean los deseados. Los plazos guían y a menudo producen un comportamiento motivador, especialmente cuando las consecuencias están ligadas al cumplimiento o incumplimiento de los mismos. Establecido el plazo, el empleado trabajará con ahínco para cumplir el cometido. Así, el establecimiento de plazos ayuda no sólo a los empleados a establecer sus propias prioridades de trabajo sino que sirve a sus superiores para medir el desempeño de los mismos.

 

Posfacio

 

La idea de hacer un posfacio surge de la necesidad de seguir repasando y repensando la cuestión. Mientras la conclusión hace alusión a un proceso que se cierra, que concluye una labor, el posfacio implica seguir involucrado con la temática.

El programa integral de reforma judicial debería partir por definir los modelos de organización necesarios para dar cumplimiento a esas funciones y roles, tanto para la adopción de decisiones estratégicas respecto a la institución, la fijación de políticas generales de administración judicial y la gestión del despacho judicial. Resulta obvio que no es posible abordar una reforma igual en todos sus ámbitos y con la misma intensidad; la profundidad y el lugar donde se inicien los cambios dependerán de factores endógenos y exógenos.

Esto exige un profundo proceso de renovación cultural, vocación pública y una firme voluntad por parte de la conducción. La más fuerte expresión de esta voluntad reconocería como propias las palabras de J. L. Borges en su cuento «El jardín de los senderos que se bifurcan», aunque con una pequeña adaptación: «El ejecutor de una empresa 'magna' (atroz) debe imaginar que ya la ha cumplido, debe imponerse un porvenir que sea irrevocable con el pasado».

La idea de justicia ha surgido como reguladora del comportamiento humano y constituye el núcleo de la vida social y de cada uno de los hombres que la integran en forma individual.

La justicia ha sido el ideal de todos los hombres a lo largo de la historia. Por lo tanto la administración de la misma, organizada dentro del sistema jurídico, debe ayudar a que su administración sea eficaz, eficiente y rápida.

 

RITA MARIA AILAN (*)

Especial para «Río Negro»

(*) Jueza federal (titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 4 de la Capital Federal). Doctora en Ciencias Jurídicas. Ex alumna y conferencista de la Universidad de Salamanca, España.


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