Avalan el desalojo de un hombre que ejercía violencia de género en Neuquén

La defensa pública recurrió a esta instancia, luego de que la mujer fuera echada de su casa con sus hijos. Los juzgados de Familia son reticentes a ordenar las exclusiones.

«La convivencia se tornó insostenible y nos separamos», explicó una mujer en la demanda que le inició a su expareja. Planteó que el hombre, padre de sus dos hijos menores, «irrumpió violentamente en mi domicilio, echándome por la fuerza a la calle». «No tuve otra alternativa que retirarme con lo puesto» junto a los niños y «buscar refugio en la casa de mi madre», agregó. Dijo que pese a sus reclamos, él se negó a retirarse voluntariamente. Todo ocurrió en Centenario.

Como sus ingresos no le permitían contratar a un abogado particular llegó a la defensoría pública civil patrimonial, con el beneficio de litigar sin gastos. El ministerio presentó una acción para que se le restituya de inmediato la casa, en este caso a través de una medida cautelar innovativa.

En la presentación manifestó: “atento al particular contexto en el que vivo y encontrándome sometida a una constante violencia verbal, psicológica y económica ejercida por mi ex pareja es que solicito se adopten medidas judiciales anticipatorias, con fundamento en el marco de la ley 26.485 (que define los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres)”.

Lo que pedía el defensor Gabriel Ciucci es que se aplicara la perspectiva de género, aún tratándose de una causa patrimonial. Acompañó la documentación que acreditaba que la mujer era la adjudicataria del lote.

La jueza civil María Eugenia Grimau hizo lugar y el hombre acató la cautelar. Consideró que este enfoque «implica una tarea interpretativa de los hechos y pruebas que reparen en el contexto, en las condiciones de vulnerabilidad o discriminación padecidas, así como una mirada normativa que garantice al derecho a la igualdad y que permita tomar aquellas medidas necesarias para contrarrestar las desigualdades estructurales basadas en estereotipos que impiden el pleno goce de derechos».

¿Por qué recurrir a un desalojo para resolver este tipo de conflictos? La ley 2785, que regula el procedimiento en los casos de violencia de género en la provincia, habilita a que los jueces y juezas de Familia ordenen la exclusión de la persona denunciada «de la residencia común, independientemente de la titularidad de la misma». En la práctica raramente ocurre: se llegan a tomar hasta 20 días para decidir. Mientras tanto las mujeres huyen a la vivienda de alguna persona que las pueda alojar temporariamente, o se ven obligadas a tramitar un espacio en el refugio de la capital.

Ni hablar las que deben alquilar: la semana pasada se supo que el aporte que el gobierno provincial hacía a las víctimas de violencia de género para que costearan este gasto fijo estuvo sin pagarse durante cinco meses.

«En la primera circunscripción los juzgados de Familia si van las mujeres con un planteo de ese tipo no suelen disponer la medida de exclusión, que expresamente está prevista en la ley. Es una facultad, un poder que tiene el juez para ordenarlo y dicen «bueno, eso es una cuestión Civil», y la derivan a la gente a hacer una presentación en el fuero Civil con todo lo que eso implica: un nuevo proceso, una nueva revictimización. Someterse a un proceso Civil que es extenso, es muy largo. Una odisea en definitiva», aseguró el defensor.

Afirmó que aunque haya o no una denuncia, encuadrada en la ley 2785, él comenzó a hacer este tipo de presentaciones para lograr que las mujeres no «queden boyando» junto a sus hijos e hijas. Indicó que en este caso la persona tenía la documentación que respaldaba que era adjudicataria del lote, pero no siempre sucede.

«Si vos aplicas la ley 2785 expresamente te dice que no tiene nada que ver el tema del derecho sobre la propiedad, no tiene que justificar que tiene un bien», señaló Ciucci.

Además son en menor medida propietarias de inmuebles. Como publicó Diario RÍO NEGRO el pasado 8 de marzo, en Neuquén se registra la mayor dependencia económica del país: la provincia tiene el número más alto de mujeres que ni estudian, ni trabajan, ni poseen ingresos propios o asistencias del Estado. Las que tienen empleo tiende a ser informal y con una brecha salarial pronunciada respecto de los varones.


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