Casación falló en un caso de Río Negro: llevaba 6,5 kg de cocaína y revocaron su libertad condicional

La Cámara de Casación revocó la libertad condicional de un condenado por narcotráfico en Roca y avaló la norma que excluye a quienes cometen ese tipo de delitos del beneficio. El hombre fue sorprendido en Bariloche: llevaba 6,5 kg de cocaína en una mochila.

El caso judicial de un condenado por narcotráfico en Roca volvió a escena esta semana luego de que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocara su libertad condicional y declarara constitucional la norma que impide otorgarla en estos delitos. El hombre fue declarado culpable en un juicio abreviado tras ser sorprendido con casi 6,5 kilos de cocaína en una mochila en Bariloche.

La decisión fue tomada tras un recurso del fiscal Sebastián Gallardo, respaldado por el fiscal general Mario Villar, que objetó la inconstitucionalidad declarada por un juez de ejecución del Tribunal Oral de General Roca. El máximo tribunal penal del país consideró válida la reforma de 2017 que excluye expresamente a los condenados por delitos de la ley de estupefacientes del régimen de libertad condicional.


La droga, la fuga y el juicio abreviado


El 3 de octubre de 2022, Fernando Díaz fue descubierto por efectivos de Toxicomanía Zona Andina de la Policía de Río Negro cuando intentaba escapar con una mochila. Dentro, llevaba 6,498 kilos de cocaína fraccionada, lista para su comercialización.

Tras su detención, se celebró un juicio abreviado en el Tribunal Oral Federal de Roca y el 24 de noviembre de 2023 fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión por el delito de tenencia con fines de comercialización.

La condena incluyó prisión domiciliaria y reglas de conducta como control trimestral, abstención del consumo de drogas y “no abusar” del alcohol.


Un fallo de ejecución que abrió el debate


En abril de 2024, la defensa de Díaz solicitó su libertad condicional, argumentando que cumplía todos los requisitos legales, no tenía antecedentes y había respetado las condiciones impuestas.

El juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Roca avaló el pedido y declaró inconstitucional la ley 27.375, que impide el acceso a la libertad condicional para condenados por narcotráfico.

A su juicio, negar automáticamente ese derecho atentaba contra el principio de progresividad de la pena y de igualdad ante la ley. Argumentó que ningún elemento del caso particular justificaba una negativa, ya que Díaz cumplía con los parámetros del artículo 13 del Código Penal.


El recurso fiscal: política criminal y criterios objetivos


La Fiscalía recurrió. Sostuvo que la reforma introducida por la Ley 27.375 —que modificó el artículo 14 inciso 10 del Código Penal y el 56 bis inciso 10 de la Ley 24.660— tenía como objetivo endurecer el tratamiento de delitos vinculados a la narcocriminalidad.

El camarista Mariano Borinsky, al liderar el acuerdo, sostuvo que la norma impugnada se apoya en “criterios objetivos” y no en distinciones arbitrarias. Subrayó que responde a una política criminal legítima frente a la gravedad del delito.

También recordó que la ley en cuestión estaba vigente cuando se cometió el hecho, lo que refuerza su aplicabilidad sin afectar derechos adquiridos ni garantías constitucionales.


Un mensaje sobre el límite del control judicial


Borinsky también remarcó que los cambios legales impulsados por el Congreso en materia penal tienen una raíz legislativa y no pueden ser sustituidos por decisiones judiciales, salvo en casos de evidente violación a derechos fundamentales.

Citó el precedente “Tobar Coca”, en el que Casación ya había validado la constitucionalidad de la ley. Y advirtió que declarar inconstitucional una norma legal “es una decisión de última ratio”.

En este caso, concluyó que no había una afectación concreta ni manifiesta de garantías constitucionales que justificara apartarse del régimen legal.


La causa vuelve a Roca


Con esta resolución, la Sala IV de Casación remitió el expediente nuevamente al Tribunal Oral Federal de Roca, para que dicte una nueva resolución conforme a los lineamientos establecidos.

La medida implica que Fernando Díaz no podrá acceder a la libertad condicional y deberá cumplir íntegramente su condena, salvo otro beneficio legal que no se encuentre excluido por la ley.

El fallo marca antecedente en los tribunales federales en cuanto a sostener el endurecimiento del régimen penal en casos de narcotráfico, como parte de una política de tolerancia cero en delitos vinculados al comercio de drogas.