Caso Solano: la Corte confirmó las condenas a perpetua contra seis policías de Río Negro

El máximo tribunal del país rechazó los recursos de queja presentados contra la sentencia del 2018 por el crimen del trabajador rural en el Valle Medio.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy los planteos de seis policías de Río Negro condenados a prisión perpetua por el asesinato del trabajador rural Daniel Solano.

Las sentencias emitidas por el máximo tribunal fueron cinco y dejaron firmes los fallos que determinaron las responsabilidades de Pablo Federico Bender, Héctor César Martínez, Juan Francisco Barrera, Sandro Gabriel Berthe, Pablo Andrés Albarrán Cárcamo y Diego Vicente Cuello en el crimen. El séptimo condenado por el hecho, juzgado hace más de cuatro años, fue Pablo Quidel.

Solano, oriundo de Tartagal, Salta, se encontraba en Río Negro desempeñando labores para la firma “Agrocosecha”. El 4 de noviembre de 2011 cobró sus haberes en la localidad de Lamarque y se dirigió a Choele Choel con dos compañeros para ir al local bailable Macuba Disco. Ya en su interior, en la madrugada del 5 de noviembre de 2011, aproximadamente a las 3:30 horas, Solano fue sacado violentamente del lugar por personal policial. Una vez afuera, permaneció bajo custodia policial hasta la llegada de un patrullero Ecosport de la Unidad 8° de Choele Choel, que había sido requerido vía radial para “trasladar a un contraventor”.

En esas circunstancias, Solano fue conducido a la vuelta de local, sobre la calle Villegas, donde fue brutalmente agredido y luego ingresado en el mencionado patrullero. Esa fue la última vez en que se lo vio con vida.

El juicio por el caso Solano, en el 2018

Durante el juicio, realizado en el 2018 en los tribunales provinciales de Roca, la querella sostuvo que la razón del homicidio se vinculó a ciertos reclamos por mejoras en las condiciones en las que tanto Solano como sus compañeros desempeñaban sus tareas en la cosecha. Para fundar la responsabilidad de los imputados, el tribunal valoró múltiples testimonios de personas que habían acudido al local bailable la noche del hecho. Así, 25 testigos declararon que en la madrugada del 5 de noviembre de 2011 un grupo de policías sacó a Solano del boliche, lo golpeó y lo ingresó a un patrullero.

Según surge de la sentencia de primera instancia, los apremios ilegales, los golpes a detenidos y los abusos eran habituales en la Comisaría 8° de Choele Choel. Ante el Juzgado Nº 30 de esa localidad había más de 170 causas en trámite por apremios ilegales.

Los defensores de los policías Bender, Martínez, Barrera, Berthe, Albarrán Cárcamo y Cuello apelaron la sentencia que los condenó, llegando hasta el máximo tribunal.

Durante la jornada de hoy se conocieron las respectivas resoluciones de la Corte, que con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlo Maqueda y Ricardo Lorenzetti desestimó todos los planteos, dejando así firmes las condenas.

“El recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)”, es la breve consideración que tiene cada uno de los fallos, rechazando las presentaciones directas.


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