Crimen de Gatica en Cipolletti: los cuatro policías fueron declarados culpables por el jurado popular
Tres de ellos son responsables del delito de tortura seguida de muerte y el otro, del delito de omisión funcional dolosa de evitar la tortura seguida de muerte.
Tras varias horas de deliberación, pasadas las 19 del jueves, el jurado popular declaró culpable a los cuatro policías imputados por el crimen de Jorge Gatica, a quien según la investigación golpearon mientras estuvo detenido en la comisaría 45 de Cipolletti. Se trata de Walter Denis Carrizo, Jorge Luciano Sosa, Andrea del Carmen Henríquez y Alcides Vilmar Quintre.
La jornada judicial comenzó a las 9:20 cuando los doce integrantes del jurado popular escucharon los alegatos finales y podrían escucharon las «últimas palabras« de los cuatro policías acusados antes de pasar a la deliberación. Pasado el mediodía, el juez leyó las instrucciones y solicitó que el cuerpo delibere entre tres opciones: declarar a los efectivos culpables del delito de tortura seguida de muerte, considerarlos culpable delito menor incluido de omisión funcional dolosa de evitar la tortura seguida de muerte o directamente exculparlos del crimen.
Finalmente, en la lectura del veredicto, la presidenta del jurado popular detalló que por unanimidad Walter Denis Carrizo, Jorge Luciano Sosa y Alcides Vilmar Quintre, fueron declararos responsables del delito de tortura seguida de muerte.
En cambio, Andrea del Carmen Henríquez recibió el veredicto unánime de responsabilidad por omisión funcional dolosa de evitar la tortura seguida de muerte.
La querella había culpado a los cuatro
En los alegatos del juicio por la muerte de Jorge Gatica, el querellante Rubén Antiguala había señalando la gravedad del caso con la frase “una persona llegó viva y salió muerta”. Describió la existencia de un “punto ciego” en las cámaras de seguridad y remarcó la importancia de los peritos informáticos para esclarecer los horarios. Según su planteo, todos los imputados estuvieron presentes durante la tortura que terminó con la vida de Gatica.
Antiguala destacó el testimonio de una vecina de la comisaría, quien declaró haber escuchado gritos inusuales, lo que evidenciaría la brutalidad del hecho. Afirmó que los acusados, por ser policías formados, sabían cómo golpear y actuar, lo que desmiente cualquier argumento de improvisación o error. Si bien reconoció que es difícil determinar la responsabilidad individual, sostuvo que todos participaron en el crimen.
El abogado había pedido que los cuatro policías sean condenados por el delito de tortura seguida de muerte, afirmando que no hubo remordimiento ni intención de detener la violencia. Concluyó su intervención apelando a la conciencia de los jueces, preguntando si aceptarían la impunidad en un caso similar que los afectara personalmente.
El segundo querellante, Iván Chelia, representante de la madre y la pareja de Gatica, coincidió con la acusación de su colega y rechazó la posibilidad de una calificación menor para dos de los imputados. Sostuvo que Carrizo y Henríquez también fueron responsables, al no intervenir para detener las torturas. Para Chelia, la omisión de estos agentes no puede considerarse una falta menor, ya que, como policías, tenían el deber legal y moral de actuar. Solicitó la misma condena para todos los acusados.
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