Una mujer irá a prisión por encubrir dos robos y ocultar la carne tras el crimen de Oscar «Picoleta» Ripari en Roca

Una de las imputadas fue sentenciada en Roca a 4 años y seis meses de prisión por encubrir dos robos, ocultar carne sustraída tras el crimen y poseer dos motocicletas robadas. La mujer ejecutaba otra condena por otra causa y se declaró la segunda reincidencia.

La Justicia de Río Negro dictó una nueva condena en una causa que tuvo derivaciones desde un violento delito ocurrido en diciembre de 2024. Se trata de la sentencia contra Nadia Noemí Fuentes, una mujer de 36 años, quien fue declarada autora de encubrimiento agravado por ánimo de lucro en dos hechos vinculados a robos de motocicletas y a la ocultación de mercadería obtenida tras el homicidio de Oscar «Picoleta» Ripari en Roca.

La resolución fue dictada este jueves por el juez de Garantías, Alejandro Pellizzon, en el marco de un acuerdo pleno entre la Fiscalía, la defensa y la propia imputada. El magistrado homologó el proceso abreviado y dictó una pena única de cuatro años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, además de declarar la reincidencia y unificar condenas previas que la mujer ya registraba.


El acuerdo y la audiencia de sentencia


La sentencia se dictó el 20 de noviembre de 2025, luego de que la Fiscalía y la defensa oficializaran un acuerdo de juicio abreviado. La imputada, presente en la audiencia, reconoció los hechos y aceptó tanto la calificación legal como la pena propuesta.

El fiscal Marcelo Ramos fue quien detalló que el caso involucraba dos legajos acumulados: uno por la tenencia de dos motocicletas robadas y otro vinculado a la recepción y ocultación de carne robada en el marco del homicidio de Oscar «Picoleta» Ripari.

El juez Pellizzon verificó que la acusada comprendiera el alcance del acuerdo y constató la existencia de pruebas suficientes, entre ellas los secuestros obtenidos durante un allanamiento realizado en enero de 2025. A su vez, el magistrado consideró que la calificación propuesta por el fiscal era correcta y que la pena ofrecida se encontraba dentro de los parámetros legales, por lo que declaró su admisibilidad.


Las motos robadas secuestradas en su domicilio


El primer hecho ocurrió entre el 11 de octubre de 2024 y el 14 de enero de 2025. Según la investigación, Fuentes adquirió o recibió dos motos sabiendo que eran robadas: una Honda Wave roja y una Honda Twister 125 negra. Ambas habían sido sustraídas por autores desconocidos en domicilios de General Roca los días 11 y 13 de octubre, respectivamente.

El hallazgo se produjo durante un allanamiento en la vivienda ubicada en calles Defensa y Los Cisnes. Allí, personal del Cuerpo de Investigación Judicial Policial encontró los rodados, que estaban reportados como robados y pertenecían a dos vecinas de la ciudad. La Fiscalía sostuvo que la imputada actuó con la intención de obtener un beneficio económico.


La conexión con el homicidio de Ripari


El segundo legajo investigó un hecho ocurrido el 10 de diciembre de 2024, cuando se trasladó mercadería robada desde una carnicería de la zona norte de Roca hasta el comercio de Fuentes. Esa madrugada, Oscar Ripari fue atacado violentamente dentro del local donde descansaba. Los golpes recibidos le ocasionaron lesiones internas que provocaron su muerte pocas horas después.

Durante la agresión, los autores del robo se llevaron dinero, pertenencias personales, costillares y cajas de pollo. Esa mercadería fue cargada en un taxi conducido por Cristian Leiva y trasladada en compañía de otro de los condenados -Maicol Fabián Yañez- hasta la despensa de Fuentes. Según la acusación, la comerciante abrió el local, permitió el ingreso de los productos y los ocultó en freezers para su posterior consumo o comercialización.


La responsabilidad penal y el ánimo de lucro


Para la Fiscalía, en ambos hechos se configuró el delito de encubrimiento agravado por ánimo de lucro, ya que Fuentes recibió bienes de origen delictivo con el propósito de obtener un beneficio económico. El Código Penal establece penas de prisión para quienes encubren delitos de esta manera, especialmente cuando el encubrimiento incluye ocultar o adquirir objetos robados.

El juez evaluó que las pruebas y la aceptación de la imputada confirmaban tanto la existencia histórica de los hechos como su autoría. A esto se sumaron los antecedentes de Fuentes, quien ya había sido condenada por tenencia simple de estupefacientes en causas previas y cumplía prisión domiciliaria al momento del nuevo proceso.


Unificación de condenas y reincidencia


La sentencia dispuso una unificación de penas porque Fuentes tenía una condena previa de tres años y ocho meses de prisión efectiva, cuya ejecución finalizaba en septiembre de 2025. La nueva pena impuesta, de dos años por los hechos de encubrimiento, fue integrada mediante el sistema de composición previsto en el Código Penal.

En consecuencia, el juez fijó una pena única de cuatro años y seis meses de prisión efectiva. También declaró la primera reincidencia y ordenó las costas del proceso, además de la realización de cómputo de pena, legajo de ejecución y demás trámites administrativos.


Un caso con derivaciones de un hecho violento


La causa volvió a poner en foco las derivaciones del homicidio de Ripari, ocurrido en un contexto de extrema violencia y robo. Más allá de la condena a los autores materiales del crimen, la sentencia contra Fuentes abordó otra de las aristas que rodearon al asesinato: la participación en el circuito que permitió ocultar los bienes sustraídos en aquel episodio.

La investigación determinó que la mercadería fue trasladada en horas de la mañana del 10 de diciembre y que Fuentes tuvo participación directa en su ocultamiento, al habilitar su propio comercio para esconderla. Ese acto, sostuvo la Justicia, reviste gravedad debido a que consolidó el provecho económico del robo que derivó en un homicidio.


Un fallo que cierra una etapa del proceso


La resolución judicial dispuso además que se notifique a las víctimas, que se practiquen las planillas de cómputo y se mantenga a Fuentes a disposición del Juzgado de Ejecución Penal. Con la firma del acuerdo de juicio abreviado por todas las partes, se dio por finalizada esta etapa del proceso penal.

Con la condena ya firme, la mujer deberá continuar cumpliendo pena efectiva, esta vez unificada con sus condenas previas. El caso deja asentado el rol de la Justicia en la persecución del encubrimiento como delito que permite consolidar el beneficio de hechos violentos y al mismo tiempo apunta a cerrar una investigación que involucró múltiples eslabones delictivos en Roca.


La Justicia de Río Negro dictó una nueva condena en una causa que tuvo derivaciones desde un violento delito ocurrido en diciembre de 2024. Se trata de la sentencia contra Nadia Noemí Fuentes, una mujer de 36 años, quien fue declarada autora de encubrimiento agravado por ánimo de lucro en dos hechos vinculados a robos de motocicletas y a la ocultación de mercadería obtenida tras el homicidio de Oscar "Picoleta" Ripari en Roca.

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