De la fiesta con Alberto Fernández a la Justicia: amparo por las 62 viviendas entregadas en Roca

Casi el 90% las familias adjudicadas aseguran que el municipio cambió las condiciones y que el valor de las cuotas es mayor al anunciado.

El plan de 62 viviendas que entregó el presidente, Alberto Fernández, hace menos de dos meses en Roca, ya está en el centro de un conflicto judicial.

Un numeroso grupo de vecinos presentó esta semana un recurso de amparo, pidiéndole a la Justicia provincial que dicte una medida cautelar que suspenda el cobro de las cuotas.

La demanda fue iniciada contra la Municipalidad de Roca, teniendo en cuenta que la administración local fue la que llevó adelante la ejecución y adjudicación de las casas, en el marco del programa nacional Reconstruir.

Pero además de esa condición, el amparo apunta al gobierno municipal porque las familias aseguran que hubo un cambio arbitrario de condiciones, definido por el Ejecutivo y por el Concejo Deliberante, a través de una ordenanza sancionada el 8 de septiembre pasado.

La irregularidad principal advertida tiene que ver con el sistema de cálculo de las cuotas mensuales, basado en las Unidades de Vivienda (UVI). Ese instrumento de referencia se define a partir del Índice del Costo de la Construcción, que está directamente ligado a la inflación del país.

Para ejemplificar la situación, las familias detallaron que la cuota de noviembre fue de $ 52.754, cuando a ellos les dijeron que iba a ubicarse entre $ 35.000 y $ 40.000.

El amparo sostiene que el Programa Reconstruir prevé otra modalidad de ajuste, basado en el Costo de Variación Salarial (CVS) y que además el gobierno nacional definió que la exigencia mensual para cada adjudicatario debía ubicarse entre el 20 y el 30 por ciento de sus ingresos.

Según el escrito -que se presentó con 55 firmas ante el Juzgado Contencioso Administrativo 15- esas modificaciones en las pautas constituyeron una medida “abrupta y desmedida” del municipio, “en circunstancias en que ninguna chance de objeción se hallaba a nuestro alcance”.

Sumado a eso, los vecinos expresaron que una vez concretada la adjudicación y toma de posesión se enteraron que las viviendas fueron entregadas “sin la provisión de los servicios de electricidad y gas, artefactos e insumos indispensables de seguridad”.

“Nos encontramos con que para su efectiva habitabilidad resultaba ineludible disponer de considerables sumas de dinero para lo cual debimos acudir a nuestros magros ahorros o mayormente al endeudamiento”, relataron.

“Las condiciones de financiación y recupero de fondos que ilegítimamente se nos impone desde el Ente Ejecutor aquí demandado se devengan y resultan exigibles de forma mensual, a partir del día 20/11/2022 y de un modo que por su confiscatoriedad y onerosidad atenta sensiblemente contra nuestros ingresos familiares de subsistencia”, señala el amparo.

Las familias consideran que estarán ante una “permanente amenaza de desadjudicación de los inmuebles”, algo previsto para el caso de incurrir el beneficiario en una mora mayor a tres cuotas consecutivas o seis no consecutivas, según la reglamentación del art.3º de la Ordenanza Nº 4991/22”.

Por eso pidieron ante el juez Matías Lafuente “que se suspenda el vencimiento y ergo exigibilidad/obligación de pago de las cuotas a cargo de estos beneficiarios/adjudicatarios, hasta tanto se resuelva en definitiva la procedencia del planteo principal que es objeto de esta acción sumarísima de amparo”.  


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