Deberá compensar a su expareja por el cuidado de sus hijos y las tareas domésticas, en Bariloche

Una vez divorciados, la mujer quedó "en total desamparo económico" ya que no logró reinsertarse en el campo laboral y por su edad.

Un fallo de la jueza de Familia Laura Clobaz ordena una compensación económica para una mujer que dedicó la mayor parte de su vida a las tareas de cuidado y crianza de sus siete hijos y al trabajo doméstico no remunerado. «Durante 50 años, su esposo se desentendió de esas responsabilidades. Las asimetrías económicas que existían durante la convivencia, afloraron con el divorcio», explicaron desde el Poder Judicial.

Una vez divorciados, la mujer quedó «en total desamparo económico» ya que no tuvo posibilidad de insertarse en el campo laboral por no tener educación formal y por su edad. Sus únicos ingresos eran por la venta de tejidos y una pensión por ser madre de siete hijos.

En su fallo, Clobaz explicó que “la figura de la compensación económica juega un papel esencial: equilibrar la situación dispar resultante del matrimonio y su ruptura, no en el sentido de equiparar plenamente patrimonios, que pueden ser desiguales por razones ajenas a la convivencia, sino en el de colocar al cónyuge perjudicado por la ruptura en una situación de potencial igualdad de oportunidades laborales y económicas respecto de las que habría tenido de no mediar el vínculo matrimonial”.

Bajo esa norma, dispuso que a la mujer le corresponde la atribución del uso de la vivienda familiar que actualmente habita por tiempo indeterminado, al igual que la renta producida por el alquiler de los tres departamentos construidos en el mismo predio en una zona céntrica de Bariloche.

Durante el juicio se solicitaron pedidos de informes a diferentes organismos para determinar el patrimonio y el ingreso económico del hombre, como así también testimonios que dieron cuenta de la historia de vida de la mujer e informes socioambientales.

La jueza analizó el estado patrimonial que presentaba cada uno de los cónyuges al inicio y al final del matrimonio, la dedicación que cada uno brindó al cuidado y educación de los hijos y al trabajo doméstico durante la convivencia, la edad y el estado de salud de ellos y de los hijos, la capacitación laboral y las posibilidades de acceso a un empleo por parte de la mujer y la colaboración que prestó a las actividades de su marido.

“La dependencia económica de las esposas frente a sus maridos es uno de los mecanismos centrales mediante los cuales se subordina a las mujeres en la sociedad”, explicó la jueza en su fallo y agregó: «El dinero no se agota en su definición económica, no es sólo una moneda de cambio. Más bien es un gran delator que encubre las maneras de ejercer poder y de expresar amor. Pero, por sobre todo, encubre ideologías jerarquizantes que, en nuestra cultura, rigen la relación entre géneros”.

En cuanto a las tareas de cuidado, la sentencia destaca que pese a los avances de las últimas décadas, «en la mayoría de las familias las mujeres todavía asumen de manera principal la carga de las tareas domésticas y el cuidado de los hijos, aun cuando desempeñan trabajo rentado fuera del hogar».


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