El STJ de Río Negro fijó pautas para el abordaje de la violencia de género

El máximo órgano judicial bajó líneas sobre el trabajo entre los fueros. Hubo acuerdo de la Procuración y se firmó la acordada. El femicidio en Catriel, uno de los disparadores.

Nadie lo reconoce abiertamente pero el último femicidio ocurrido en Catriel fue el detonante para que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) bajara línea al Ministerio Público Fiscal y al fuero de Familia. A través de un protocolo de aplicación obligatoria, desde ahora, cada organismo judicial que interviene en casos de violencia de género tiene un rol bien definido. El Procurador Jorge Crespo estuvo de acuerdo con la nueva política y firmó la acordada.

Las fuentes que todos los días trabajan con el flagelo de la violencia de género admitieron que es muy común que los «organismos se pisen» en la intervención y hasta afirmaron que hay muy poca comunicación entre el fuero de Familia y la fiscalía. En Cipolletti, puntualmente, las medidas urgentes eran requeridas por el fiscal o la fiscala de turno a la jueza de Paz. Se saltaba así el órgano competente que es una jueza de garantías.

A tal punto era la confusión que en un grave caso de violencia que involucró a un empresario los organismos llegaron a recriminarse quien debía notificar la prohibición de acercamiento. Fue tal el fastidio del juez de Familia Jorge Benatti que terminó arrestando al acusado. Lo mismo ocurrió en el caso del femicidio de Catriel de Patricia Rendon y en otro caso de violencia cuya audiencia se hizo el viernes.

«No voy a pedir medidas porque están dictadas en el fuero de Familia» se afirmó desde la parte acusadora. Sucede que muchas veces esas medidas tienen plazo de vencimiento y los operadores judiciales confían en que están vigentes.

El escenario en Cipolletti, y en la Cuarta Circunscripción en general, marca la pauta para el resto de la provincia. Es que el STJ tiene en cuenta que la mayor cantidad de causas por violencia provienen de la circunscripción más chica.

La jura de Gabriela Lapuente como tercera jueza de Familia sirvió ayer para recordar que la jueza Marissa Palacios y el juez Benatti tenían hasta esta semana el mayor cumulo de trabajo de toda la provincia.

La fiscalía por su parte asegura que el corredor Cinco Saltos Catriel es el de mayor actividad y por eso el Procurador designó fiscales adjuntos en la emergencia y saltándose el mecanismo constitucional. Luego dio marcha atrás y esperarán que terminen los concursos. La mayoría tendrá mañana la etapa de examen.
El protocolo que aprobaron el STJ y la Procuración General define pautas claras para la intervención de los distintos organismos judiciales en esos casos.


Algunas de las pautas



El Punto 1 establece que cuando los Juzgados de Familia o los Juzgados de Paz con competencia delegada reciben una denuncia por violencia intrafamiliar o de género y advierten la posible comisión de un delito penal, deben comunicarlo de manera inmediata a la Fiscalía, con un detalle del hecho y de las medidas urgentes adoptadas.

Las medidas de protección ordenadas por jueces de Familia y de Paz seguirán vigentes hasta que la fiscalía interviniente pida su modificación o su continuidad ante el juez o jueza Penal de Garantías asignado al caso. La actuación del juzgado de Paz o de Familia con respecto al presunto delito penal finaliza con el envío de las actuaciones a la fiscalía. Sin embargo, esos organismos conservan su plena intervención original en todos los demás aspectos del caso.


El Punto 2 ordena a las fiscalías convocar a las víctimas a través de la OFAVI para darles contención y acompañamiento; debe reunir la mayor cantidad posible de información para evaluar el riesgo y para preparar la formulación de cargos.


El Punto 3 define que la fiscalía, una vez realizada la formulación de cargos, debe comunicar a Familia lo que resuelva el juez o jueza Penal de Garantías sobre de las medidas de protección dictadas al comienzo. A partir de ese momento cesan las medidas iniciales ordenadas por Familia y quedan vigentes las ordenadas en el fuero Penal. Lo mismo debe comunicar la fiscalía a las autoridades de Seguridad encargadas del monitoreo de las medidas.

El Punto 4 establece para todos los organismos que intervienen el deber de “evitar aconsejar o sugerir a las víctimas que concurran a uno u otro organismo alegando mayor celeridad en la adopción de medidas de protección”. El protocolo también fija pautas de actuación para la Policía que ya fueron comunicadas a la propia ministra Betiana Minor.


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