Hubo promesa de reparación y se cayó el juicio por contaminación en Cordones de Chapelco

La fiscalía presentará un recurso de impugnación. "Los vecinos también expresaron su desacuerdo", dijo el fiscal jefe Breide Obeid al término de dos días de audiencias.

Dos empresarios y una funcionaria municipal, acusados de «contaminación peligrosa para la salud pública» y de haber puesto en riesgo a 6.000 habitantes de Cordones de Chapelco, en San Martín de los Andes, eludieron el juicio oral con promesas de reparación que fueron aceptadas por un juez.

«Las víctimas expresaron su desacuerdo, y la fiscalía va a impugnar» la resolución del juez, dijo el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid al término de dos maratónicas jornadas en las cuales se discutieron las condiciones del juicio oral que, finalmente, no se hará.

Breide Obeid explicó que los empresarios imputados, Pedro y Pablo Werefkin, ofrecieron «el enripiado de calles del barrio, por un costo estimado en 2 millones de pesos». Pero según expresó el fiscal, «el ripio es de su propia cantera», y el contrato que tenían para recibir y tratar residuos «era de 1,8 millón de pesos mensuales».

«Las víctimas expresaron su desacuerdo», añadió. «Este es un caso muy importante para llevar a juicio, hay interés público, hay afectación a la salud. Por eso desde la fiscalía vamos a impugnar la decisión del juez» Juan Pablo Balderrama.


Qué dice la acusación


Según la acusación fiscal, los hermanos empresarios están imputados de «haber contaminado el ambiente de forma peligrosa para la salud, por la disposición sin previo tratamiento de los barros cloacales y sólidos resultantes de las operaciones de depuración de los efluentes líquidos cloacales de las plantas de tratamiento de efluentes de San Martín de los Andes, en el basural cuya dirección ejercían».

Este accionar «puso en peligro la salud pública de los aproximadamente 6000 habitantes del conjunto de barrios conocidos como Cordones del Chapelco”.

Por su parte a la funcionaria municipal Julieta Muñiz Saavedra se le imputa «no haber controlado el tratamiento y disposición final de los barros cloacales y sólidos resultantes del proceso ya mencionado en el basural municipal operado por Hormigomax SA; y haber permitido la disposición de los barros sin tratamiento a escasos metros de la población».

Los hechos imputados «se prolongaron por aproximadamente dos años, entre mediados de 2017 y agosto de 2019; y tuvieron lugar en el predio ubicado en el Km. 2224 de la Ruta 40 propiedad de Hormigomax, sociedad constituida por los imputados Werefkin».


Un fallo precedente


El fiscal Breide Obeid destacó que ya el 28 de julio de 2017, el juez Andrés Luchino hizo lugar a una acción de amparo y dispuso que «la contaminación del ambiente generada por el basural impedía la continuidad de la operación del vertedero, requiriendo que sea trasladado en el menor tiempo posible».

Esa sentencia «resalta la ilegalidad en que se venía desarrollando la actividad», situación que «expone a la salud de los vecinos y del ambiente a una afectación actual, y es indispensable hacer cesar en el menor tiempo posible. Ordenó, en consecuencia, se extremen las medidas de mitigación intertanto se concreta el traslado ordenado».

Pero de acuerdo con la acusación de la fiscalía, «conociendo los riesgos que la sola operación del vertedero acarreaba, tanto a la población circundante como al ambiente en general, los imputados continuaron durante más de dos años con la disposición en el lugar de los barros cloacales generados por las plantas de tratamiento de efluentes».

«Estos hechos pusieron en riesgo la salud de los vecinos que habitan en el conjunto de barrios conocido como “Cordones del Chapelco”, toda vez que los expusieron al contacto con organismos patógenos presentes en las excretas humanas, a través del inadecuado tratamiento y disposición final de los barros y demás sólidos resultantes del proceso de tratamiento de los efluentes cloacales».


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