Juicio de Lucía Pérez: el Tribunal postergó la fecha del veredicto y rechazaron recusaciones

Los jueces pospusieron la lectura bajo el argumento de que tuvieron que rechazar un recurso de la defensa de los imputados. El veredicto se conocerá el 23 de marzo y no el 17, como estaba previsto.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 2 de Mar del Plata reprogramó la fecha de la sentencia prevista por el segundo juicio a los dos acusados de abusar sexualmente y asesinar a la adolescente Lucía Pérez en 2016 en la ciudad balnearia. La fecha inicial era el próximo 17 de marzo, pero la lectura se pospuso al 23 de marzo. La situación surgió luego de que se rechazara un pedido de recusación presentado por las defensas de los imputados.

Los magistrados Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz no hicieron lugar a un planteo realizado el último viernes por los defensores de Matías Farías (29) y de Juan Pablo Offidani (47), en el que solicitaban que fueran apartados del caso y que se dictara «la nulidad de todo lo actuado» en el proceso.

Este segundo juicio por el caso se puso en marcha el último 7 de febrero y en tres semanas brindaron declaración 29 testigos, entre ellos los padres de Lucía, y algunas amigas. Se lleva adelante luego de que la Sala IV del Tribunal de Casación bonaerense revocara en agosto de 2020 el fallo sin perspectiva de género por el que fueron absueltos los tres imputados por el delito de abuso sexual.

En ese momento, sólo fueron condenados a ocho años de prisión por los jueces Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale por el tráfico de estupefacientes.

Durante las primeras audiencias de este nuevo juicio, la defensa de los acusados volvió a indagar sobre la vida personal de la joven con los mismos argumentos que el juicio anterior. «Esto a lo que me tengo que someter yo y toda mi familia es el poder judicial. Esto que hace el poder judicial con las víctimas es terrible. Con Lucía muerta tengo que volver a dar explicaciones y me vuelven a revictimizar», expresó Marta al apuntar contra la defensa de los acusados.

La defensora oficial de Farías, María Laura Solari; y el abogado particular de Offidani, César Sivo fueron quienes recientemente denunciaron un supuesto «avasallamiento de los derechos humanos» y una «indebida intromisión del Poder Ejecutivo sobre el Poder Judicial desde el inicio de este segundo juicio».

En su planteo de recusación, Solari y Sivo cuestionaron la presencia en el inicio del debate del secretario de Derechos Humanos de la Nación, Horacio Pietragalla, así como declaraciones suyas; y también expresiones del presidente Alberto Fernández, quien el último martes 7 mantuvo un encuentro privado en Chapadmalal con los padres de la menor de edad.

Solari y Sivo consideraron a partir de estos elementos que estaba en riesgo la imparcialidad de los jueces, «cuando ni más ni menos que el mayor representante del Estado argentino ha cometido una burda, flagrante y prohibida intromisión de poderes».

Sin embargo, los jueces consideraron que «si bien los dichos del presidente de la Nación podrían implicar una indebida intromisión sobre la Administración de Justicia«, al exceder sus atribuciones e invadir las propias del Poder Judicial, lo cierto es que no se revela como idónea para afectar» su «imparcialidad».

En ese sentido, rechazaron la recusación presentada, elevaron el caso a la Cámara de Apelaciones y reprogramaron para el próximo jueves 23 a las 14.30 la lectura de la sentencia, pautada inicialmente para el viernes 17 al mediodía.

Farías y Offidani están acusados del delito de «abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida, por el suministro de estupefacientes y en el marco de un contexto de violencia de género, en concurso ideal con femicidio«. Tanto la fiscalía como la acusación que representa a los padres de la menor pidieron durante la etapa de alegatos que Farías sea condenado a prisión perpetua en calidad de autor.

En el caso de Offidani, en tanto, el fiscal Leandro Arévalo solicitó una pena de 20 años de prisión por considerarlo partícipe secundario, mientras que las abogadas Verónica Heredia y María Florencia Piermarini, como particular damnificado, entendieron que su participación fue primaria y pidieron también para él la pena máxima.

Las abogadas de la familia de Lucía sostuvieron su alegato en la perspectiva de género y remarcaron la importancia de analizar el hecho teniendo en cuenta tres dimensiones claras: el género, la edad de la víctima y el consumo problemático, vinculado al ya mencionado consentimiento.

Para la querella, tanto Farías -principal acusado- como Offidani, considerado «como partícipe necesario», deben ser condenados con la misma pena: prisión perpetua. «Estuvo todo el tiempo mientras Farías drogaba y violaba a Lucía, puso el elemento indispensable para trasladar a Lucía y luego estuvo de campana«, explicó Heredia sobre el segundo acusado.

Si bien el juicio se desarrolla sin presencia de público, tanto los alegatos como la sentencia podrán ser seguidas, al igual que ocurrió con la apertura, a través del canal de YouTube de la Corte provincial.


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