Muerte del refugiero Manuel Benítez: el concesionario del Frey no irá a juicio oral

El juez Campana aceptó la suspensión de juicio a prueba (probation) y así el acusado de homicidio culposo cumplirá pautas de conducta que se analizarán en otra audiencia. La fiscalía y querella anticiparon que apelarán la decisión.

El juez Bernardo Campana resolvió conceder la suspensión de juicio a prueba (probation) al concesionario del refugio Frey, Federico Pajarín, acusado por el homicidio culposo de Manuel Benítez, el trabajador que murió en una tormenta de nieve en abril de 2022 cuando intentaba llegar a tomar su puesto laboral, y de este modo el imputado no irá a juicio oral y público como pretendían los padres de la víctima. Fiscalía y querella apelarán.

El magistrado definió en favor al planteo del abogado defensor de Pajarín, Juan Manuel García Berro, que en una audiencia realizada el martes solicitó la aplicación del criterio de oportunidad establecido en el Código Penal para casos cuya pena no supere los 3 años de prisión en suspenso. Con la resolución, descartó que se exija un acuerdo de todas las partes para avanzar con este instituto del Código Penal.

La querella, que representa a los padres de Benítez, y la fiscalía encabezada por le fiscal Betiana Cendón, plantearon que apelarán la decisión del juez que hoy por Zoom dio a conocer su veredicto.

El juez previo a conocer la reserva de impugnación, informó que en tres días solicitará la realización de una nueva audiencia para analizar las pautas de conducta que se exigirán al acusado, quien días atrás ofreció el pago de una reparación económica de 800.000 pesos a abonar en cuatro cuotas.

El juez Campana leyó hoy su resolución respecto al pedido de suspensión de juicio a prueba que la defensa de Pajarín argumentó con el cumplimiento de los preceptos técnicos contemplados en el Código Penal, principalmente basado en que la fiscalía anticipó que no pedirá una pena mayor a 3 años de prisión de manera condicional y que el acusado no tiene antecedentes penales.

La fiscalía rechazó la probation porque la familia de Benítez se oponía a esta posibilidad y argumentó que existía una premisa en el Ministerio Público de priorizar la opinión de las víctimas, además de mencionar el interés público del caso.

Sin embargo, el juez dijo que “ninguno de los motivos (argumentados por la fiscalía) tiene sustento legal” y fundamentó de manera profusa con la normativa vigente en el Código Penal que no hace referencia a la prioridad del interés de las víctimas.

Los jueces somos seres humanos y no podemos dejar de ver que esto es una tragedia”, dijo Campana y agregó que la trascendencia pública del caso “no lo distingue de otros hechos con idéntico resultado de muerte”.

El juez Bernardo Campana resolvió otorgar la suspensión de juicio a prueba para Federico Pajarín, acusado por el homicidio culposo del refugiero Manuel Benítez. Foto: Chino Leiva

Entiendo posición de los padres que han sufrido una pérdida inconmensurable y seguramente consideran que la única forma de resolver es a través del juicio, su posición es respetable”, dijo el magistrado y de inmediato argumentó que la ley otorga la facultad de conceder la suspensión de juicio a prueba al juez y a la fiscalía siempre que fundamente la medida. Dijo que la fiscal no puede basarse únicamente en priorizar la opinión de la querella, que rechazaba este criterio de oportunidad para el acusado, y que difería en el pedido de pena, según expresó el abogado Raúl Ochoa que anticipó que solicitaría 4 años de prisión efectiva para Pajarín.

El juez insistió en que en esta decisión no hay una opinión vinculante de la querella y también mencionó que en el rechazo la fiscalía «no hizo referencia a que la propuesta de reparación económica sea irrisoria e insuficiente», en alusión al ofrecimiento de Pajarín de pagar 800.000 pesos en cuatro cuotas y cumplir pautas de conducta.

Sin embargo, Campana indicó que la reparación económica y las pautas de conducta y el plazo serán definidos en una próxima audiencia.

La resolución del juez hoy fue leída en una audiencia por Zoom a la que se opuso el abogado querellante Raúl Ochoa quien solicitó el cambio de modalidad y que se realice la lectura en una audiencia presencial, según explicó el magistrado, quien fundamentó la virtualidad con los problemas edilicios que inhabilitaron salas en el edificio Pilmayquén y la superposición de otras audiencias. Finalmente el abogado y los padres de la víctima estuvieron presentes en la sala de Zoom.


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