Nueva instancia en el juicio contra Gennuso por Techo Digno: definirán si es culpable de malversación
El Tribunal de Impugnación escuchó a las partes, luego de que el STJ ordenara examinar si al exintendente de Bariloche le corresponde sanción penal por una figura distinta, luego de que lo absolvieran por el delito de peculado.
El abogado que representa a Gennuso señaló también que corresponde dictar la prescripción del hecho investigado. Foto: archivo.
El fiscal Martín Lozada pidió hoy al Tribunal de Impugnación una sentencia condenatoria para el exintendente de Gustavo Gennuso por el delito de malversación de caudales públicos, luego de su frustrado intento de obtener una sanción por los mismos hechos bajo la figura penal de peculado. El abogado defensor, Manuel Maza, rechazó de plano el planteo, dijo que extender el juicio en la actual instancia con el cambio de calificación violaba el derecho de defensa y pidió que se declare la prescripción de la causa.
El nuevo giro en el proceso que evalúa supuestos desmanejos cometidos por Gennuso hace diez años en la gestión del programa habitacional Techo Digno fue una imposición del Superior Tribunal de Justicia, que hace apenas un par de semanas convalidó la absolución del exfuncionario por peculado dictada en primera instancia pero ordenó reexaminar los hechos «con la misma base fáctica» para que el Tribunal de Impugnación determine si el acusado incurrió en el delito de malversación de caudales, que es de menor gravedad.
El juez Emilio Chironi presidió la audiencia realizada hoy, como integrante de la conformación alternativa del TI para este juicio, que comparte con Emilio Stadler y Florencia Caruso Martin. Los tres jueces en un primer paso evaluaron y rechazaron el pedido de suspensión de la audiencia solicitada por Maza, quien dijo que estaba pendiente de resolución un recurso extraoredinario federal de la propia defensa por entender que la resolución del STJ fue violatoria de la garantía del juez natural y el principio de congruencia.
Resuelto ese planteo, el fiscal Lozada en su alegato formal recordó que la conducta reprochada a Gennuso fue la constitución de dos plazos fijos en el banco Credicoop por 105 millones de pesos con dinero enviado por el gobierno nacional para pagar contratos de Techo Digno, que estaban depositados en una cuenta específica del banco Nación.
En este caso Lozada argumentó que se trataba de una malversación agravada porque el dinero fue sustraído de su destino original, no se aplicó a la construcción de viviendas y tampoco fue devuelto a Nación, como correspondía por convenio.
Dijo también que correspondía dar por configurado «el daño o el entorpecimiento del servicio» de los que habla el artículo 260 del Código Penal al caracterizar la malversación. El servicio habría sido en este caso la construcción de las unidades habitacionales.
No hace falta un nuevo juicio ni apertura a prueba
El fiscal también refirió que para queel TI evalúe los mismos hechosbajo otra figura delictiva, como ordenó el STJ, «no hace falta la reapertura de la investigación ni reeditar el proceso». Dijo que la nueva integración del tribunal debe resolver y que la «subsunción» encomendada por el STJ “no requiere atribuir un hecho histórico diferente o una conducta distinta». Subrayó que existe «una continuidad efectiva» y que Gennuso «tuvo oportunidad de defenderse» cuando fue expuesta la acusación original, con el mismo núcleo fáctico.
Esto último fue criticado en duros términos por el defensor Maza. Dijo que el reenvío de la causa al Tribunal de Impugnación para que vuelva a considerar los hechos bajo otra figura penal «es absurdo», y entendió que «habría un exceso de jurisdicción por parte del STJ».
Maza consideró que la malversción tiene sus particularidades, no es equivalente al peculado y demanda por ejemplo probar un «entorpecimiento del servicio», de lo cual no pudo ejercer defensa puntual en el juicio.
Señaló que para incurrir en malversación Gennuso debió tener a cargo la administración o custodia de los fondos y no los tuvo, porque la Carta Orgánica reserva esa función a otros agentes municipales. Al igual que en el juicio original, el defensor sostuvo que el exintendente, cuando asumió en diciembre de 2015 la jefaturadel municipio se encontró con un gran «descalabro» económico financiero, que las obras de viviendas ya estaban paralizadas, sin responsabilidad suya, y que en la constitución de los plazos fijos «no hubo intención de provocar un daño sino de resguardar el dinero».
Maza cuestionó que el ministerio público fiscal haya insistido una y otra vez en acusar por peculado, pero «como el tribunal de juicio dejó entrever que podía ser malversación» ahora el STJ ordena explorar esa vía. «Ya que estamos por qué no también abuso de autoridad o incumplimiento de defberes de funcionario público», se preguntó el defensor.
Para el abogado viedmense, el nuevo giro «de ninguna manera subsana los errores y omisiones de la acusación primigenia». Señaló que la velocidad impresa a la etapa actual del proceso por iniciativa del STJ, responde a que «se les vence la acción» y es demostrativo de que «se mezclaron cuestiones políticas con cuestiones jurídicas».
La controversia por la prescripción
El abogado que representa a Gennuso señaló también que corresponde dictar la prescripción del hecho investigado, en una interpretación de la normativa vigente que fue confrontada por Lozada.
El fiscal señaló que el plazo de prescripción para la malversación agravada es de dos años y que debe tomarse como fecha de referencia la apertura a juicio del 7 de noviembre de 2024. Dijo también que existe otro motivo de suspensión de plazos en el retorno de Gennuso a la función pública, como vicepresidente de la Comisión Nacional de Energía Atómica.
Para Maza «el acto que interrumpe (el plazo de prescripción) es la citación a juicio, del 28 de noviembre de 2024» y el nombramiento en CNEA «es posterior a esa fecha», además de que se trata de un cargo nacional y no municipal.
Dijo que «aun cuando quieran encuadrar la calificación en el artículo 260, de malversación de caudales, estaría prescripta la acción», y pidió la absolución del exintendente.
El fiscal Martín Lozada pidió hoy al Tribunal de Impugnación una sentencia condenatoria para el exintendente de Gustavo Gennuso por el delito de malversación de caudales públicos, luego de su frustrado intento de obtener una sanción por los mismos hechos bajo la figura penal de peculado. El abogado defensor, Manuel Maza, rechazó de plano el planteo, dijo que extender el juicio en la actual instancia con el cambio de calificación violaba el derecho de defensa y pidió que se declare la prescripción de la causa.
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