El Superior Tribunal de Justicia anuló la sentencia del Tribunal de Impugnación contra Gustavo Gennuso

El máximo órgano judicial descartó el peculado pero estableció que un nuevo TI deberá analizar el posible delito de malversación de caudales públicos del exintendente de Bariloche, en la que se conoce como causa Techo Digno.

Por Daniel Vila

La audiencia se realizó en la capital provincial a fines de septiembre. Foto: Pablo Leguizamon.

La audiencia se realizó en la capital provincial a fines de septiembre. Foto: Pablo Leguizamon.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolvió «hacer lugar parcialmente» a la impugnación presentada por el Ministerio Público Fiscal y «anular la sentencia» dictada por el Tribunal de Impugnación el pasado 11 de marzo en la causa que tiene como imputado al exintendente de Bariloche, Gustavo Gennuso.

El cuerpo, presidido por Ricardo Apcarian e integrado por Liliana Picccinini, Cecilia Criado, Sergio Ceci y Adrián Zimmermann (subrogante) también determinó «reenviar las actuaciones a la Oficina Judicial de la III Circunscripción Judicial para que el Tribunal de Impugnación, con otra integración dicte un nuevo pronunciamiento» con respecto a este caso que es parte de lo que se conoce como la megacausa Techo Digno.

Luego del análisis del recurso de queja presentado por el fiscal general, Fabricio Brogna, para tratar de revocar la sentencia que absolvió Gennuso, acusado de peculado, el máximo tribunal provincial estableció que «corresponde anular la sentencia impugnada» y que otro TI «dicte un nuevo pronunciamiento que examine de manera fundada la subsunción del hecho» de acuerdo al artículo 260 del Código Penal que sanciona el delito de malversación de caudales públicos.

Para el STJ «ese órgano tendrá a su cargo la tarea de aplicar, sobre la misma base fáctica y probatoria que fue objeto del debate, las eventuales correspondencias típicas previstas» incluyendo «la aplicación diferentes de los caudales» como así también «la eventual concurrencia del resultado de daño o entorpecimiento del servicio al que estaban destinados» los fondos, «con la consecuente pena de multa que este añade».

Los jueces descartaron el delito de peculado y criticaron el Tribunal de Impugnación porque «se limitó a convalidar la conclusión» del Tribunal de Juicio «sobre el alcance del verbo sustraer» y «omitió toda consideración sobre la consecuencia jurídica que esa misma conclusión imponía: el examen de la adecuación del hecho al art. 260 del Código Penal».

Esa alternativa fue planteada por la defensa particular de Gennuso durante el debate, entendiendo una «eventual prescripción de la acción penal», sin embargo el STJ indicó que «el examen de dicho planteo presupone la subsunción que aquí se encomienda al TI, pues los plazos en análisis aplicable al caso dependen de la calificación que en definitiva se asigne al hecho atribuido».

Agrega al respecto que «resultaba por ello prematuro expedirse al respecto en esta instancia, dado que la cuestión deber ser, a todo evento, aborda por el órgano de reenvío».

La causa Techo Digno en Bariloche


El fiscal jefe de Bariloche Martín Lozada acusó de peculado a Gennuso, en el juicio que se hizo a finales de octubre del 2025, por haber ordenado siendo intendente una transferencia por 100 millones de pesos a principios de enero de 2016 desde una cuenta del Banco Nación a otra del Banco Credicoop. Ambas pertenecientes a la Municipalidad de Bariloche. Con esos fondos se constituyó un plazo fijo.

El exintendente fue absuelto durante el juicio de primera instancia por el tribunal integrado por los jueces Juan Martín Arroyo, Gregor Joos y Bernardo Campana y en marzo pasado el Tribunal de Impugnación ratificó esa absolución con los votos de Miguel Cardella, Rita Custet Llambí y Carlos Mussi.


El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro resolvió "hacer lugar parcialmente" a la impugnación presentada por el Ministerio Público Fiscal y "anular la sentencia" dictada por el Tribunal de Impugnación el pasado 11 de marzo en la causa que tiene como imputado al exintendente de Bariloche, Gustavo Gennuso.

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