Confirman la sentencia que le adjudica tierras del Ejército a una comunidad mapuche de Bariloche

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazó los recursos de esa institución. En consecuencia, sigue en pie la sentencia que ordena al Estado Nacional adjudicar 180 hectáreas a la Lof Millalonco Ranquehue.

El Ejército no logró revocar la sentencia de la jueza federal de primera instancia, Silvina Domínguez, que le ordenó al Poder Ejecutivo Nacional que le transfiera a título gratuito al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) el dominio de las tierras que ocupa la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue en las afueras de Bariloche para su adjudicación.

Los jueces Mariano Roberto Lozano y Richar Fernando Gallego, de la Cámara Federal de Apelaciones de Roca, resolvieron declarar mal concedidos los recursos que había presentado la apoderada del Estado Nacional, en representación del Estado Mayor del Ejército Argentino, para tratar de dejar sin efecto la sentencia que Domínguez dictó el 2 de febrero pasado.

Los jueces desestimaron las apelaciones porque las presentaron cuando habían vencido los plazos procesales. De todos modos, al Ejército le queda la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema para intentar frenar la sentencia que le adjudica unas 180 hectáreas a la comunidad mapuche, en la zona de Virgen de las Nieves y Villa Los Coihues.

La Cámara recordó en la resolución -que dictó el 28 de abril último- que los recursos contra el fallo de Domínguez fueron “interpuestos una vez vencidos los términos procesales para hacerlo, fueron mal concedidos” por la propia jueza de primera instancia.

“Se observa que la sentencia impugnada fue notificada al codemandado Ministerio de Defensa el 2 de febrero de 2022 a las 12:11, mientras que la apelación fue interpuesta el 6 de febrero de 2022 a las 20:25, es decir, ya agotado aquel plazo…”, señalaron los jueces.

“Puede decirse, a modo de principio, que si el Ministerio de Defensa decidió que la instancia recursiva fuese abordada a través del Ejército Argentino -en lo que no se observa mácula- debió hacerlo respetando los plazos procesales que comenzaron a correr a partir del momento en que la sentencia le fue notificada en el domicilio electrónico que su apoderada (la doctora Silvia Vázquez, que es quien ahora actúa en nombre del Ejército) lo constituyó”, afirmaron.

Domínguez subrogaba el juzgado de Bariloche cuando admitió el amparo que la comunidad había presentado en 2020. La jueza “ordenó al Poder Ejecutivo Nacional a que en el término de 60 días –a partir de que quede firme esta sentencia-, transfiera a título gratuito, al INAI, el dominio de las tierras cuya mensura fue aprobada por Resolución 1174 de ese organismo a los efectos de su adjudicación -en forma inmediata-, en propiedad a la Comunidad accionante”.

La comunidad Millalonco Ranquehue alega que ya estaba en las tierras, que reclama, cuando se instaló el Ejército en 1937, recordó en febrero último el abogado de la comunidad Matías Schraer.

El amparo contra el Ejecutivo nacional y el Congreso de la Nación fue para que el Estado “instrumente y entregue el título de propiedad comunitaria conforme el plano de mensura de la ocupación; se registre gratuitamente el plano de mensura y se adopten medidas inmediatas para que se respete y proteja la ocupación tradicional de la comunidad”.

Domínguez sostuvo que se acreditó en el expediente que la comunidad “cuenta con la carpeta técnica -ley 26.160-, donde en fecha 26 de diciembre de 2012 y mediante la Resolución 1174 del INAI se tuvo por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y catastral dispuesto por el artículo 3 de la ley 26.160”.


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