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Toda la defensa pública de Neuquén reaccionó por una sanción que impuso un juez

Durísimas críticas hacia Luis Giorgetti, quien apercibió a un defensor jefe y una defensora. Le atribuyen abuso de poder. Quedó al descubierto que un acusado estuvo más de un año sin asistencia legal.

El apercibimiento que el juez Luis Giorgetti les había impuesto al defensor jefe Fernando Diez y la defensora Verónica Zingoni fue declarado nulo por otro magistrado, Marco Lupica Cristo, en una audiencia de la cual participó casi todo el Ministerio Público de la Defensa de Neuquén, de manera presencial y por Zoom.

«Estamos todos y todas acá por la importancia institucional que reviste este caso», dijo Ivana Dal Bianco, una de las que asumió la defensa de los alcanzados por una sanción a la que calificó de «inconstitucional, injusta y arbitraria».

Los hechos son bastante sencillos de explicar. La fiscalía de Delitos Económicos inició en agosto del año pasado una investigación por supuestas estafas que tenía, entre los sospechosos, a un hombre llamado Rogelio Rojas Cisterna. Este individuo está libre para la justicia de Neuquén pero cumple prisión por otra causa en la ciudad de Roca, a disposición de la justicia de Río Negro.

El 17 de marzo de este año, la abogada particular Cecilia Fanessi recibió una notificación de la fiscalía de Neuquén: Rojas Cisterna la había designado defensora. El 22 de marzo la profesional informó a la Oficina Judicial y a la fiscalía que no tomaría el caso.

Sin embargo el 12 de agosto recibió otra notificación: la Oficina Judicial le informaba que el 25 de ese mes se realizaría la audiencia de formulación de cargos contra Rojas Cisterna. La abogada volvió a comunicar que ella no era la defensora, porque nunca había aceptado el cargo.

Los plazos de la notificación


Defensora pública Verónica Zingoni. (Archivo)

El 24 de agosto, a las 11 de la mañana, le notificaron a la defensa pública que debía hacerse cargo de Rojas Cisterna, quien sería acusado al día siguiente a las 12:30.

La defensoría es un organismo autónomo. Por una resolución de 2014, se les deben hacer llegar las notificaciones con 72 horas de antelación como mínimo, para garantizar el derecho a una defensa eficaz. La única excepción son las audiencias de control de detención. No es la situación, ya que para la justicia neuquina, Rojas Cisterna está libre.

En cumplimiento de esa resolución, ni el defensor Diez ni la defensora Zingoni se presentaron la audiencia: se les superponía con otras que ya tenían agendadas, al margen de que no podían leer en menos de 24 horas un legajo de mil páginas con pericias, documentos y videos. Tampoco podían hablar con el imputado, que se encontraba en un penal de Roca.

Sumario y sanción


Luis Giorgetti, el juez que impuso las sanciones luego anuladas. (Matías Subat)

El juez Luis Giorgetti, designado para dirigir la audiencia, la suspendió. E inició un sumario sin dar intervención a nadie más, según la defensa (lo que se llama técnicamente «inaudita parte»).

El 27 de octubre, el magistrado impuso el apercibimiento a los dos defensores por «ausencia injustificada».

«Es una intromisión ilegal en el ámbito de la defensa pública», afirmó Dal Bianco. «Detrás hay una discusión de poder. Giorgetti dice ‘soy el juez y tengo el poder’. Acá se castiga a los defensores por desobedecer al señor», agregó.

Defensa formal, defensa eficaz


Su colega Luciana Petraglia en tanto señaló que «los jueces también tienen la obligación de que se verifiquen las garantías del imputado en una defensa técnica eficaz. Giorgetti, en vez de poner la lupa en si Rojas Cisterna estaba siendo defendido o no, puso la lupa en si los defensores quisieron asistir o no a una audiencia».

Añadió que el magistrado «pretendía que (Diez y Zingoni) se sentaran a la audiencia a ejercer una defensa formal, no una defensa eficaz. Los jueces tienen la obligación de verificar que se respeten las garantías del imputado».

«Abuso de poder»


La defensora jefa Laura Giuliani dijo a su turno que la sanción «es nula. Giorgetti carece de legitimidad, es un abuso de poder, violó la ley orgánica de la defensa».

El fiscal Marcelo Silva, presente en la audiencia, se limitó a señalar que la fiscalía no había pedido ninguna sanción y consideró que el tema debía tratarse en sede administrativa. También dejó a salvo su criterio de que Rojas Cisterna no había permanecido en estado de indefensión, como argumenta el Ministerio Público de la Defensa. «Para mí, la defensora era Fanessi», señaló.

Al parecer nunca vio o no le llegó la documentación que demuestra lo contrario, fechada el 22 de marzo.

Ausencia justificada


El juez Marco Lupica Cristo coincidió en que «la defensa tiene que ser efectiva, de calidad» y «los letrados deben tener el tiempo necesario para prepararla».

En este caso en concreto, dijo, «las circunstancias para no asistir resultan justificadas», por lo que declaró la nulidad y dejó sin efecto el apercibimiento.

No es la primera vez que la defensa pública sale a confrontar con los jueces y juezas. En la anterior ocasión la voz cantante la llevó el exdefensor general Ricardo Cancela, ya jubilado.

Esta vez lo hicieron todas y todos los funcionarios porque lo consideraron un asunto de gravedad institucional. No se vio en la audiencia a la defensora general Vanina Merlo.


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