Un funcionario ya no está imputado por la explosión de Aguada San Roque, por decisión del TSJ

Se trata de un coordinador de Educación. Un accionar de la fiscalía fue tomado para asegurar que se había afectado el derecho a la defensa. Ahora son nueve los imputados por la explosión fatal.

Un funcionario de Neuquén ya no está imputado en la causa que investiga la explosión de la escuela de Aguada San Roque, por la que murieron tres personas. Así lo resolvió el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ante un reclamo por una entrevista previa a la acusación, que realizó la fiscalía y, aseguran, afectó el derecho a la defensa.

El funcionario en cuestión en Gabriel Potas, coordinador interinstitucional de la unidad de planificación e infraestructura, del Ministerio de Educación. Estaba acusado de incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real con homicidio culposo.

La defensa del funcionario argumentaba que, cuando la fiscalía lo entrevistó antes de la acusación, se afectó el derecho de defensa en juicio, el acceso a la jurisdicción y el derecho a guardar silencio como derivación de la prohibición de autoincriminación forzada, al utilizar las declaraciones para sostener la formulación de cargos.

El TSJ aclaró que si bien se puede entrevistar a una persona «vagamente sospechada» sin afectar su derecho a la defensa, en este caso hubo características que sí interfieren.

Una fue que la fiscalía convocó a Potas mucho tiempo después de iniciada la investigación. Además, no estaba presente su abogado ni se le leyeron sus derechos.

El otro punto señalado fue el de las pruebas, que vinculaban al funcionario a la causa, aunque la fiscalía dijo no haberla analizada en ese momento. Sin embargo, para el TSJ existen otras que sí habrían sido vistas y que eran suficientes para formularle cargos.

Con estas circunstancias, para el TSJ, «la convocatoria de Potas en dicho contexto y la potencial utilización de esas manifestaciones para componer una imputación penal afectan el derecho de defensa, protegida en el artículo 18 de la Constitución Nacional, como así en los artículos 14.3.g del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2.g de la Convención Americana sobre Derechos Humanos».

El Tribunal hizo lugar al planteo de la defensa y resolvió declarar la nulidad parcial de la resolución del Tribunal de Impugnación del 16 de junio y la nulidad parcial de la resolución de la jueza de garantías en la audiencia de formulación de cargos.

El «segundo paso de la impunidad»


La secretaria general de ATEN capital, Angélica Lagunas, consideró la vuelta atrás de la acusación como el «segundo paso de la impunidad» porque, desde un comienzo, no fue acusada la por entonces ministra de Educación, Cristina Storioni.

«El gobierno de la provincia está emprendiendo su camino de impunidad para salvar a los funcionarios y castigar solamente a los sectores o personas con menor responsabilidad», aseguró la dirigente. Denunció que se siguen abandonando las escuelas, como pasó con la escuela de Ruca Choroy, donde se denunció la explosión de una cocina.

Quiénes son los demás imputados:


Subsecretario de Obras Públicas Roberto Deza: administración fraudulenta en concurso real con falsedad ideológica de instrumento público.

Director de Obras Contratadas Carlos Córdoba: estrago culposo agravado por su resultado muerte en concurso real con administración fraudulenta.

Director de Obras Contratadas Raúl Capdevilla: estrago culposo agravado por su resultado muerte en concurso real con administración fraudulenta.

Inspector de la obra Sergio Percat: estrago culposo agravado por su resultado muerte en concurso real con administración fraudulenta.

Director General de Educación Rural Fabio Luna: incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real con homicidio culposo.

Directora Provincial de Nivel Primario Patricia Cresatti: incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real con homicidio culposo.

Héctor Villanueva, socio gerente de Arte Construcciones: estrago culposo agravado por su resultado muerte en concurso real con administración fraudulenta.

Diego Bulgheroni, representante técnico: estrago culposo agravado por su resultado muerte en concurso real con administración fraudulenta.

Eduardo Afione, constructor: estrago culposo agravado por su resultado muerte.


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