Un homicidio en Bariloche dio un giro inesperado por un informe pericial

La fiscalía pidió reformular los cargos por un informe hecho por profesionales del Cuerpo de Investigación Forense que advirtieron que el imputado padece de un trastorno paranoide incompleto. La querella se opuso. El juez acepto el cambio de calificación legal a homicidio cometido con exceso en la legítima defensa.

Cuando sentía que por fin la vida le regalada una sonrisa, tras años de distintos padecimientos, Ismael Choque Vargas cometió un homicidio.

La noche del 10 de febrero pasado fue a comprar con su novia a la despensa de siempre en el barrio San Francisco IV de Bariloche. El destino lo ubicó en ese lugar. También, a Gastón Marcelo Latiff.

Esa noche, Lattif entró al comercio furioso con cuatro jóvenes que le habían robado su celular. Su pareja lo acompañaba. El joven fue a exigir que le devuelvan su teléfono.

En el alboroto, agredió al dueño del local. Choque Vargas estaba con su novia y decidió intervenir. Sacó el cuchillo que portaba, sujetó por detrás a Latiff, que cuando giró recibió seis puntazos, aunque una puñalada en la zona del cuello, que perforó la arteria subclavia, provocó una hemorragia letal.

La victima murió en la puerta del comercio ante la mirada atónita de la pareja de la victima, de los dueños del negocio y de la novia de Choque Vargas, que se quedó parado frente al cuerpo hasta que llegó la Policía y lo detuvo. También, entregó el cuchillo.

Dos días después, la fiscalía lo imputó por el homicidio de Latiff, que tenía 30 años, y le impusieron prisión preventiva.      


Reformulación de cargos


Este viernes, la fiscalía comunicó al juez Juan Pablo Laurence que tenía un informe pericial que obligaba a reformular los cargos contra el joven, de nacionalidad boliviana.

La fiscal jefa Betiana Cendón explicó en la audiencia que contaban con el informe pericial hecho por la psicóloga forense Andrea Maccione y la psiquiatra Forense Verónica Martínez, que integran el Cuerpo de Investigación Forense (CIF) del Poder Judicial de Río Negro.

Dijo que las especialistas indagaron en la historia del imputado y elaboraron un perfil de las características de la personalidad del joven. Establecieron que presenta un trastorno paranoide incompleto.

En la audiencia del 12 de febrero pasado, Ismael Choque Vargas fue imputado por homicidio. (foto de archivo)

Un cuadro paranoide incompleto


Según las profesionales, la vida de Choque Vargas ha estado marcada por la crítica, la descalificación y agresividad constante. Aún así, tuvo un proceso de autosuperación personal con los recursos limitados que contaba.

Sin embargo, las peritos determinaron que sufre un “cuadro paranoide como rasgo de personalidad”. “Esto hace ver todas las circunstancias que le toca transitar en su vida de una manera muy sesgada. No implica una incapacidad, esto se trata de un trastorno paranoide incompleto”, informó Cendón.

Dijo que Choque Vargas tiene la postura de “siempre defenderse del contexto que lo rodea”. Contó que las profesionales establecieron, a partir de la evaluación que hicieron, que el acusado estaba en pareja y que era lo mejor que le había sucedido en la vida.


Causal de justificación, pero no plena


Indicó que ese estado de alerta permanente, “lo predispone como un estado de emoción violenta”. Aunque Cendón aclaró que no al nivel de exculparlo por inimputable.

“Si bien no carece de patologías que pudieran llegar a una causal de justificación plena, sí tiene un cuadro de paranoia incompleto que nos obliga al Ministerio Público Fiscal a reformular los cargos por el deber de objetividad”, aclaró la fiscal jefa. Dijo que la querella había sido informada de este informe.

Por eso, pidieron al juez que admita la reformulación de los cargos contra Choque Vargas. El imputado estuvo asistido en la audiencia por el defensor oficial Nelson Vigueras y la defensora adjunta Mónica Goye.

La fiscal Silvia Paolini trabaja en el caso desde la primera etapa. (foto de archivo)

El hecho atribuido al imputado


La fiscal Silvia Paolini relató el hecho que le atribuyen al imputado. Dijo que ocurrió entre las 22.30 y las 22.50 del 10 de febrero pasado, en el interior de la despensa Quimey Ruca, ubicada en la intersección de las calles La Habana y Namuncurá de esta ciudad.

Señaló que Choque Vargas “actuando bajo una creencia errónea pero sincera de hallarse en una situación de legítima defensa tanto propia como de un tercero, excedió los limites impuestos por la ley en cuanto a la intensidad del medio empleado y causó la muerte de Gastón Marcelo Latiff”.

Recordó que la víctima, acompañado de su pareja, entró al comercio “de manera violenta, vociferando y profiriendo acusaciones de robo contra cuatro personas” que estaban en el local. Indicó que en el trascurso de ese altercado, Latiff “agredió físicamente al dueño del local tomándolo del cuello y acorralándolo contra el mostrador”.

“Choque Vargas estaba en un sector lateral del comercio junto a su pareja”, mencionó Paolini. Advirtió que el joven “presenció la escena y raíz de la situación de tensión y violencia generada por Latiff y en el contexto de su condición psiquiátrica de trastorno paranoide interpretó subjetivamente que tanto su propia integridad como la de su pareja y la del dueño del local se encontraban en peligro inminente”.

Según la fiscal, “tal percepción lo llevó a intervenir de manera impulsiva influido por su estado de emoción intensa y alteración psíquica momentánea”.

El imputado sujetó a Latiff por detrás “y cuando este giró le provocó seis lesiones cortantes y una penetrante en el cuello con el cuchillo que portaba”, sostuvo Paolini. La lesión perforó la arteria subclavia izquierda y la víctima murió en la puerta del comercio por la hemorragia.

El juez Juan Pablo Laurence admitió el pedido de reformulación de cargos pedido por la fiscalía. (foto de archivo)

Nueva calificación legal


Los cuatro responsables de haberle robado el celular a Latiff huyeron. “Choque Vargas permaneció allí intentando asistir a Latiff hasta la llegada del personal policial”, afirmó la fiscal. Advirtió que “la lesión resultó excesiva en relación con la amenaza que percibía”.

Por eso, calificaron el hecho atribuido al imputado como un homicidio cometido con exceso en la legítima defensa. Y pidieron al juez extender dos meses el plazo de la investigación.

La abogada Marcela Fragala expresó el desacuerdo de la querella con el cambio de calificación por parte de la fiscalía.


El desacuerdo de la querella


“Estamos discutiendo algo más profundo si la vida de Gastón puede ser relativizada, minimizada o devaluada en base a una hipótesis no probada, frágil, construida unilateralmente por la defensa, aceptada por la fiscalía”, aseguró.

Advirtió que Choque Vargas ataca a la víctima por la espalda “en un contexto de ninguna evidencia de provocación real”.

“No agrede al imputado, lo que hace es ingresar al almacén en medio de una discusión previa buscando recuperar su celular”, sostuvo. “El imputado no huye, no grita, no llora, no se descompensa. Es de una persona que controló el acto”, planteó la querella.

Dijo que “el informe psicológico presentado por el CIF no puede ser fundamento suficiente para modificar la calificación legal de forma tan gravemente atenuante”.

Advirtió que “no se hizo evaluación psiquiátrica completa”. Por eso, solicitó al juez la amplicación del plazo de la investigación para poder hacer una pericia psicológica de parte al imputado. Para la querella, Choque Vargas cometió un homicidio simple.

El defensor oficial no cuestionó la reformulación de la calificación del hecho atribuido al imputado, pero reiteró que trabajarán en la teoría de que Choque Vargas actuó en un estado de emoción violenta. Y rechazó los planteos de la querella.

El juez aceptó la reformulación de los cargos y extendió hasta el 12 de agosto el plazo de la investigación. También, prorrogó hasta esa fecha la prisión preventiva de Choque Vargas, por pedido de la fiscalía, la querella y el aval de la defensa.


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