Una trabajadora de Cipolletti fue despedida por reclamar la falta de registro de su relación laboral

La mujer era empleada de una pollería. En la contestación de la demanda, sus empleadores negaron su relación laboral. Finalmente las pruebas demostraron lo contrario.

Una mujer de Cipolletti inició un juicio laboral luego de exigir a sus empleadores que la registraran por sus labores en el local de comida donde trabajaba. Se trata de una pollería de la ciudad que ahora deberá indemnizarla.

La trabajadora realizaba diversas tareas dentro del local de comidas. Durante años trabajo para esa empresa, pero al pedir la registraciones de sus labores le pidieron que renunciara. De inmediato, la mujer inició un jucio laboral y logró la indemnización correspondiente.

Cuando inició el juicio laboral presentó como testigas varias clientas que afirmaron haberla visto en pleno desempeño. La mujer hacía varias tareas en la pollería, no sólo preparaba las milanesas sino que también trozaba, fileteaba y envasaba pollos para la venta. Además atendía y limpiaba el local.

En la contestación de la demanda, la parte empleadora negó el vínculo laboral. Pero la prueba demostró lo contrario. La mujer prestó tareas por varios años, en distintos horarios. Aunque cuando exigió que se cumplieran sus derechos laborales se los negaron: “Andá a ver a mi abogado y renunciá”, le respondieron.

La trabajadora no se conformó con la respuesta y le mandó a los dueños de la pollería una carta documento en la que exigía la registración del vínculo laboral. Ante la falta de respuestas se consideró despedida.

En el juicio, la Cámara Laboral de Cipolletti confirmó que el procedimiento adoptado por la trabajadora fue el adecuado. “Entiendo que, efectivamente, la reclamante se ajustó a derecho al considerarse en situación de despido, por cuanto, no sólo respetó las formalidades que requieren la situación, sino que, ante la omisión de la debida registración, habiéndose probado la prestación de servicios, surge el paradigma de la injuria legitimante del despido indirecto, constituyendo causal de gravedad tal que, hace intolerable la continuidad del vínculo laboral”, surge del fallo que fijó una indemnización a favor de la empleada.

La sentencia condenó a los propietarios del local. Además, fijó una indemnización por antigüedad, por falta de preaviso, más el sueldo anual complementario y otras diferencias salariales, todos los rubros con intereses.

Ahora los dueños del local deberán afrontar también una multa que duplica en un cincuenta por ciento las indemnizaciones por el hecho de obligar a la trabajadora a recurrir a la instancia judicial para percibir lo que le correspondía por ley.


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