Va a juicio por «crueldad animal» el joven que mató por patadas al perro Byron en Roca

El defensor del imputado pidió suspensión del juicio a prueba, pero el juez lo rechazó. El joven de 21 años deberá ir a juicio oral y público por el suceso ocurrido el 21 de septiembre en una plaza de Roca.

Marcos Jahir Abdala, de 21 años de edad, será juzgado por el delito de crueldad animal según lo resolvió este mediodía el juez de Juicio Gastón Martin, en una audiencia de control de acusación por el hecho ocurrido el 21 de septiembre pasado en una plaza céntrica de Roca.

El magistrado hizo lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal a cargo del fiscal Ricardo Romero y a las abogadas querellantes, Pamela Rodríguez en representación del dueño del perro víctima, por un lado; y por otro Noelia Barainca y Julia Busqueta, en representación de la ONG Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada).

La calificación legal interpuesta es la de “actos de crueldad contra un animal”, delitos previstos en los artículos 3 inciso 7 de la Ley Nacional sobre Maltrato Animal N° 14.346 y 45 del Código Penal.

Abdala había sido imputado el 27 de octubre pasado por golpear brutalmente y matar de una patada al perro «Bayron», en el día de la Primavera de 2021 alrededor de las 11 de la noche, en la plaza Belgrano de Roca.

Según la acusación fiscal y las pruebas recolectadas hasta el momento, el perro no había atacado al joven, solo se había acercado al imputado, quien le habría acestado varias patadas. Los informes de Necropsia de profesionales veterinarios permitieron probar la causa de la muerte.

El defensor público de Abdala, Miguel Salomón, pidió la suspensión del juicio a prueba o «probation» durante la audiencia; ya que expresó una teoría del caso contraria. Pidió que se encuadre el hecho como «daño» previsto en el delito en el artículo 183 del Código Penal, ya que según su concepción fue en un acto de defensa «ocasional» y según su postura, no hubo «perversidad».

En este sentido, pidió la recaratulación de la causa y ofreció la posibilidad de que su defendido «repare los daños» a través de una suma de dinero y de someterse a las reglas que el tribunal dispusiera, pero el pedido fue desestimado por todas las partes.

«La Ley trata a los animales como víctimas, son sujetos de derechos, por ello es imposible encuadrar la conducta en el Artículo 183. Tampoco vamos a consentir la aplicación de una probation», aseguró el fiscal Romero, en respuesta al pedido de Salomón.

Se debatió sobre la plena vigencia de la Ley de Maltrato Animal que los concibe como «víctimas» y por lo tanto como sujetos de derechos y no como objetos.

«La justicia penal debe dar una respuesta a la comunidad humana y no humana. Nos encontramos ante un nuevo paradigma», concluyeron las abogadas de la ONG de defensa de los derechos de animales.

«La comunidad de Roca ha estado conmocionada», agregó Rodríguez, abogada del familia del can. Así fue como el suceso motivó varias movilizaciones de asociaciones protectores y vecinos en general los días siguientes al hecho, en septiembre del año pasado.

En aquella oportunidad, pidieron con carteles el cese del maltrato y políticas públicas para los animales tras la indignación que causó la muerte del perro, de raza Terranova.

Ahora, la oficina judicial deberá designar a un juez unipersonal y el joven, actualmente residente de la Provincia de Santa Cruz, deberá presentarse en los tribunales de Roca cuando sea citado para el inicio del debate oral y público.

El artículo 3 inciso 7 de la Ley considera «actos de crueldad» a «lastimar y arrollar animales intencionalmente, causarles torturas o sufrimientos innecesarios o matarlos por sólo espíritu de perversidad».

Las penas previstas en esta ley para malos tratos o actos de crueldad animal van de quince días a un año de prisión en suspenso, como pena máxima.


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