Femicidio de Carina en Buta Ranquil: impusieron perpetua y admitieron que se revise la pena en 20 años

El tribunal por unanimidad lo consideró pertinente por el "principio de humanidad" y el "derecho a la esperanza" del condenado.

La defensora Soledad Pérez de León le pidió hoy al tribunal que por una cuestión «humanitaria» le impusiera como máximo 30 años de prisión a Maicol Tapia, que reconoció haber cometido el femicidio de Carina Barros, una adolescente de 15 años con la que había mantenido un noviazgo en Buta Ranquil. Por unanimidad se le impuso perpetua y se autorizó a que en el año 2044 se revise la «pertinencia, utilidad, necesidad y conveniencia» de mantener la pena.

El joven de 20 años fue declarado culpable del homicidio triplemente agravado: por el vínculo de pareja, por alevosía y por mediar violencia de género. El único tipo de pena es la máxima que fija el Código Penal.

Este aspecto es el que destacaron tanto la fiscal Natalia Rivera como la querellante Nadia Kubatov. Sostuvieron que el caso no admite analizar atenuantes o agravantes.

El 26 de octubre de 2023, entre las 2 y las 3.40, Tapia llamó al hermano de Carina para decirle que se estaba incendiando las casa de sus abuelos. El chico despertó a su papá y salieron corriendo a auxiliarlos. Aprovechó que la adolescente estaba sola, durmiendo.

Ingresó a la vivienda, como ya había hecho otras veces, para acosarla. La agredió con un cuchillo y dejó el cuerpo tendido en el patio, donde la encontró Benito, su papá. Presentaba múltiples lesiones, que incluyeron un corte en la garganta de lado a lado. Previo a lo ocurrido esa madrugada, Tapia hostigaba permanentemente a Carina.

«No hay otra pena que discutir aquí», remarcó la fiscal. Kubatov le insistió al tribunal que no considerara el pedido de disculpas que realizó el acusado cuando admitió el femicidio. Indicó que el joven no sólo había ejercido violencia de género contra su cuerpo ese día, sino que lo había padecido durante tres años.

Según el informe psicológico pericial, y que retomó la querellante, Tapia es un «sujeto con potencial para conductas violentas con connotaciones sádicas planificadas, ya que tiene el control sobre sus actos».

El imputado está cumpliendo prisión preventiva en Zapala. Desde allí siguió la audiencia, al igual que dos de los jueces. Por el temporal de viento no se trasladaron hasta Chos Malal, sede judicial del norte neuquino, sino que siguieron la audiencia por Zoom. La defensora se conectó desde Neuquén capital.

Captura de la transmisión.

«Derecho a la esperanza»


«Tengan en cuenta el arrepentimiento», señaló la defensora. Afirmó que Tapia «tuvo la valentía de reconocer el hecho que cometió a los 19 años». Aseguró que no desconocía el carácter indivisible de la pena, pero pedía que se evaluaran sus circunstancias particulares: que era una persona joven, con baja instrucción (apenas el primario completo), que no tenía antecedentes penales y que la pericia psicológica reveló la falta de «recursos emocionales» para resolver situaciones.

Planteó que si le imponían perpetua, recién a los 35 años estaría en condiciones de pedir la libertad condicional.

Subrayó que Tapia tenía «derecho a la esperanza». Expresó que sabía que la vida de Carina había quedado trunca, pero explicó que el fin de la pena no es el castigo sino la resocialización. Que el condenado pueda «reinsertarse», volver «transformado», «superado», «encaminarse», «que sea una motivación para él».

Requirió una pena de un máximo de 30 años (en función del Estatuto de Roma), revisable a los 20, cuando Tapia cumpla 40.

«Principio de humanidad de la pena»


El tribunal -presidido por Leticia Lorenzo e integrado por los jueces Diego Chavarría Ruiz y Eduardo Egea- ponderó que la pena es cerrada, y por lo tanto la única posible es la prisión perpetua. Aclaró que no causaba ningún agravio aceptar la revisión dentro de 20 años.

Lorenzo, encargada de comunicar el fallo, enfatizó en que esto no significa una reducción de la pena, ni que en el año 2044 Tapia recibirá la libertad. Manifestó que no se puede obviar el fin resocializador, y si el pedido de disculpas que hizo es sincero lo deberá demostrar «trabajando para enmendar» lo sucedido, y así evitar próximas relaciones vinculares violentas.

Dijo que lo se le reconoce es la posibilidad de la revisión como «principio de humanidad de la pena» y avaló el «derecho a la esperanza», que el condenado tiene. Significará: «un incentivo para hacer las cosas bien».

En 2023 hubo nueve femicidios en la provincia. Este fue el único que tuvo un víctima adolescente y el cuarto sucedido en el norte neuquino, junto al de Carina y Valentina Apablaza (Las Ovejas) y el de Celeste Saavedra (Tricao Malal).


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