La Corte avaló un nuevo índice de actualización para las jubilaciones

Significa un revés para el gobierno. El máximo tribunal declaró inconstitucional la fórmula que utiliza la Anses para el cálculo de los haberes. Podría favorecer a 150.000 jubilados. Y representar una erogación para el Estado de hasta $ 100.000 millones.

Como se esperaba en medios judiciales y como descontaba el gobierno desde hace unos días, por cuatro votos a uno, la Corte Suprema declaró inconstitucional la aplicación del índice que utiliza la Anses desde el 2016 para actualizar los haberes jubilatorios, determinó que para el cobro retroactivo se debe aplicar un índice que arroja resultados superiores y ordenó al Congreso definir un nuevo indicador. El fallo podría costarle al Estado entre $ 70 mil y $100 mil millones.

Los jueces del máximo tribunal hicieron lugar a una demanda presentada por Lucio Orlando Blanco, que se jubiló en 2003 y reclamaba la implementación del sistema que existía antes de que se sancionara la Ley de Reparación Histórica. Si bien el fallo favorece solo a Blanco, el texto sienta un precedente del que se podrán acoger otros 150 mil jubilados que están en una situación similar. La decisión también podría disparar reclamos para parte de los jubilados y pensionados que ingresaron al sistema y cuyos haberes fueron actualizados por el indicador llamado Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), pero no abarcará los casos de los que ya aceptaron la Reparación Histórica.

Antes de esa ley de 2016, para calcular la movilidad jubilatoria se aplicaba, desde el 2009, el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), pero la ANSeS comenzó a utilizar el RIPTE. Con el fallo de la Corte, el índice de los haberes jubilatorios será tomando en cuenta el promedio de salarios de la industria y la construcción y no, como pretendía el Gobierno, el de todos los estables.

El único que votó en contra de Blanco fue el presidente del máximo tribunal, Carlos Rosenkrantz. Helena Higthon de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda, votaron a favor del reclamo del jubilado.

Los jueces resolvieron notificar el fallo al Congreso de la Nación “a fin de que, en un plazo razonable, fije el indicador para la actualización de los salarios” que se toma “para el cálculo del haber inicial” para el período 1995-2008, periodo en que el Anses no usó índice para actualizar salarios, sino un promedio de las últimas 120 remuneraciones, lo que desató una catarata de juicios. Mientras el Congreso no defina, la Corte suprema ordenó utilizar el ISBIC.

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